En Educación quienes se dedican a la política se lo toman con mucha “calma” a la hora de configurar los cambios, por ellos promovidos. Si bien enmiendan o derogan, de prisa y corriendo, todo lo que pueden de la anterior “reforma de las reformas” que evidentemente fue aprobada por los adversarios cuando estaban en el poder. Una loca y perniciosa carrera de modificación de leyes y reglamentos, que sólo parece tener por objeto el hacer ver a la ciudadanía que desde la “política” están atentos a la Educación de las jóvenes generaciones. Toda acción educativa requiere de constancia para que, tanto las actitudes, los conocimientos, las destrezas como los buenos hábitos se asienten. Sin duda tanta mudanza educativa, tanta “actualización”, no ayuda en absoluto a mejorar los aprendizajes y desprofesionaliza la función docente. Que todo buen profesional debe actualizarse es indiscutible, lo que también está meridianamente claro es que la experiencia acumulada en los procesos desarrollados mejora la profesionalidad de quien, a lo largo del tiempo, persevera en su profesión. Por tanto, se impone un equilibrio entre tradición e innovación, porque de romperse éste la polarización hacia el ostracismo y la incertidumbre se hace inevitables. Y ello bloquea cualquier avance en un proceso de adaptación a la realidad social, al que necesariamente está convocada permanentemente la Educación. Desde la LODE (1984) o la LOGSE (1990) multitud de cambios se han ido produciendo. ¿Ha mejorado la Educación con ellos? ¿Si algo funciona se cambia? Comienza un nuevo curso 2022-23 y es preciso situarse a finales de noviembre de 2020, cuando se aprueba en el parlamente la Ley Orgánica de Modificación de la LOE (LOMLOE), denominada “ley Celaá'. Nada aporta el apellido de la ministra de turno, aunque hay cierta tradición “política” de sobre nombrar las leyes educativas, como otrora se denominó la anterior “ley Wert”, u otras personas (Maravall, Solana…) que en esos momentos ostentaban la responsabilidad ministerial en Educación. Volviendo a la LOMLOE (Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.) que fue aprobada, un jueves en el Congreso de los Diputados, con sólo 177 votos a favor, siendo la octava reforma del sistema educativo de la democracia en España desde 1984. Para mayor dislate, quienes legislan, han ido dejando jirones más o menos amplios de bastantes de las leyes anteriores. Parecería que la filosofía de quienes confeccionan leyes en España es de confeccionar un entramado de disposiciones legales lo más enrevesado posible para que la ciudadanía no pueda comprender, <por inabarcable, además de utilizar una jerga especializada> todas las disposiciones que regulan la acción educativa. Con lo fácil que sería ponerse de acuerdo y generar una o dos leyes educativas que por ser orgánicas (desarrollan preceptos constitucionales) sean tan estables como la ley de leyes de la que emanan. Pero ¡va a ser que no! Y así el panorama educativo es materia de actualidad por los constantes cambios y la precaria vida de las disposiciones que consecuentemente generan un bosque de decretos, ordenes, instrucciones, circulares, interpretaciones etc… -¡Pero oiga que es para hoy! Desde finales de 2020 no se publica hasta 2022 los Reales Decretos que la desarrollan. En el caso la etapa de Secundaria Obligatoria mediante el R.D. 217/2022, de 29 de marzo, por el que se establece la ordenación y las enseñanzas mínimas la ordenación y las enseñanzas mínimas de la Educación Secundaria Obligatoria. Y hasta que el Gobierno no publica, las Comunidades Autónomas no pueden desarrollar lo que les corresponde. Hay quien entiende que, contando con abril, mayo y junio, en sólo tres meses es posible implementar todo el desarrollo normativo que es prolijo y que el profesorado, según dicen “verdadero protagonista de la acción educativa”, tenga claro los cambio por venir. Un ejemplo, la Resolución de 31 de marzo de 2022 somete a información pública el proyecto de decreto por el que se establece la ordenación y el currículo de la Educación Infantil en la Comunidad Autónoma de Andalucía. Evidentemente ¡va a ser que no! la Junta de Andalucía en la Instrucción 1/2022 de 23 de junio, (¡Si a 7 días de finalizar el calendario escolar!), establece aspectos de organización y funcionamiento para el curso 2022-2023, viniendo a reconocer que en el ejercicio de sus competencias “se está tramitando el Decreto por el que se establece la ordenación y el currículo de la Educación Secundaria, así como la Orden…” que nada más y nada menos “desarrolla el currículo correspondiente a la etapa de Educación Secundaria… se regula la atención a la diversidad, la evaluación del proceso de aprendizaje del alumnado y se determina el proceso de tránsito entre distintas etapas educativas” anunciando que se derogará “el Decreto 111/2016 por el que se establece la ordenación y el currículo de la Educación Secundaria Obligatoria en la Comunidad Autónoma de Andalucía”. ¿Alguien puede pensar que esta nueva ley viene para quedarse? Vientos electorales soplan y la exigua mayoría (minoritaria) de 177 diputados no garantiza en modo alguno que nuevas mayorías en unos meses acometan por novena vez la “inaplazable y urgente nueva reforma, de la nueva reforma, de la anterior reforma educativa”. Un alumno o una alumna que estos días iniciará su último curso de Bachillerato o de Ciclo Formativo, y que no haya repetido, comenzó su escolarización en el año 2004, estando en vigor la ley orgánica de Calidad de Enseñanza 2002, le cogió en 2006 la Ley Orgánica de Educación (LOE), en 2013 la Ley Orgánica de Mejora de la Calidad Educativa (LOCE) y en 2020, aunque no le afectará mucho por calendario, la Ley Orgánica de Modificación de la Ley Orgánica de Educación (LOMLOE). ¿Mucho arroz para tan poco pollo? Y que decir de un profesorado que atónito es “invitado” constantemente a reordenar, ordenar y vuelta a reorganizar los elementos fundamentales de su trabajo. Si la política, según dicen, es el arte de hacer posible lo necesario, en Educación y en casi todo aspecto de la vida socio económica, debe garantizar la estabilidad de las normas, con ello se consigue una mayor y mejor comprensión de las mismas, además de dotar a la ciudadanía de seguridad jurídica, amén de favorecer la profesionalidad de quienes deben prestarle los servicios públicos esenciales.
Fdo Rafael Fenoy