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Jueves 14/11/2024
 
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España

El IEE cree que el impuesto a la banca puede ser inconstitucional

El Instituto de Estudios Económicos (IEE) señala en un informe que el impuesto a la banca y entidades financieras presenta “graves problemas”

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  • Impuestos a la banca.

El Instituto de Estudios Económicos (IEE) señala en un informe que el impuesto a la banca y entidades financieras presenta “graves problemas” desde el punto de vista constitucional, además de la no adecuación al derecho comunitario. También denuncia un impacto sobre la economía de casi 5.000 millones de euros y la pérdida de 72.000 empleos.

El informe, elaborado bajo la dirección del catedrático de Derecho Financiero y Tributario de la Universitat de Valencia, Juan Martín Queralt, cuenta entre sus firmantes con figuras muy importantes dentro de la judicatura como Álvaro Rodríguez Bereijo, catedrático de Derecho Financiero y Tributario de la Universidad Autónoma de Madrid.

Bereijo fue presidente del Tribunal Constitucional desde su nombramiento por Felipe González desde 1995 hasta 1998 y, entre 1999 y 2000, participó en la convención que elaboró la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea por designación del Gobierno. También fue consejero de Estado (2000-2004).

Además de los dos citados, en el informe han participado prestigiosos expertos como Gabriel Casado Ollero, catedrático de Derecho Financiero y Tributario de la Universidad Complutense de Madrid; Jorge Onrubia Fernández, profesor titular de Hacienda Pública y Sistema Fiscal de la Universidad Complutense de Madrid; Germán Orón Moratal, catedrático de Derecho Financiero y Tributario de la UJI de Castellón, y José Manuel Tejerizo López, catedrático de Derecho Financiero y Tributario de la UNED.

Las conclusiones del IEE avisan sobre la potencial inconstitucionalidad y la no adecuación al derecho comunitario de los nuevos gravámenes temporales establecidos en la proposición de ley. Consideran que se vulnera el principio general de seguridad jurídica del artículo 9.3 de la Constitución por su retroactividad y los principios tributarios de generalidad, igualdad y capacidad económica del artículo 31.1 de la Constitución.

En el informe expresan también que existe "un fraude de ley en la tramitación de la norma como proposición de ley ya que mediante este procedimiento se elude la consulta pública, la Memoria de Impacto Normativo y el Dictamen del Consejo de Estado, que hubieran sido preceptivas en su tramitación". Además, destacan, que no existen informes del Banco de España ni de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), organismos a los que el proyecto de ley asigna funciones que no les corresponde.

La banca ha reiterado que los impuestos sobre beneficios extraordinarios son una medida ineficaz que no ayuda a combatir la inflación y rebaten y niegan el ‘mantra’ que se ha querido instalar desde el Gobierno y sus socios de coalición de que obtienen grandes beneficios “caídos del cielo”. “El concepto de ‘beneficios extraordinarios’, con su connotación de beneficio ‘excesivo’, es claramente subjetivo y su determinación queda al albur del Ejecutivo sin que exista un elemento objetivo que lo sustente”, según fuentes del sector.

En este sentido, el IEE se alinea con la opinión de la banca en cuanto al término de ‘beneficios extraordinarios’ y señala que es un concepto “claramente subjetivo y su determinación queda al arbitrio del Gobierno, sin que exista un elemento objetivo que lo sustente”. A su juicio, esto “crea una incertidumbre especialmente desaconsejable en la actualidad, dada la complejidad del escenario económico, con elevadas tasas de inflación y una ralentización del crecimiento”.

Otro de los puntos del informe considera “especialmente desafortunada es la configuración del régimen sancionador, que no respeta las garantías mínimas exigibles en nuestro ordenamiento jurídico”. Cita que la infracción por repercutir, directa o indirectamente, el gravamen temporal o sus ingresos anticipados vulnera los artículos 9 y 25 de la Constitución, por poder aplicarse a conductas que pueden haber sido llevadas a cabo antes de la aprobación de la norma.

Además, prohibir la repercusión del gravamen supone un límite a la libertad de empresa, contrario al artículo 38 de la Constitución e incumple los criterios de la Autoridad Europea de Banca, para quien cualquier coste cierto vinculado a los préstamos debe incluirse en su fijación. Por último, el informe también plantea la inconstitucionalidad de la sanción por vulnerar el principio de proporcionalidad, al no concebir ningún elemento modulador.

La inseguridad jurídica es, según los expertos, otra de las consecuencias del impuesto, ya que elude la consulta pública, la Memoria de Impacto Normativo y el dictamen del Consejo de Estado. Además, incluyen que la calificación del impuesto como prestación pública no tributaria supone vetar a la participación de las comunidades autónomas en la recaudación, en claro “conflicto con la Constitución”.

Por último, el informe del IEE valora en sus conclusiones el impacto que tendrá el impuesto en la economía y en el empleo. En este sentido explican que se reducirá la inversión, el crecimiento y aumentará el desempleo. El estudio calcula un impacto sobre la economía de casi 5.000 millones de euros (cuatro décimas del PIB) y 72.000 ocupados menos, con lo que el efecto sobre la economía en general será incluso más relevante que el que incide sobre los sectores afectados.

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