El tiempo en: Ayamonte
Jueves 14/11/2024
 

Cádiz

No toda violencia en pareja es maltrato

La Audiencia Provincial de Murcia considera en una sentencia en la que rebaja la pena a un hombre que agredió a su compañera que ?no toda acción de violencia física en el seno de la pareja de la que resulte lesión leve para ésta debe considerarse necesaria y automáticamente violencia de género?.

Publicidad Ai
Publicidad Ai
Publicidad AiPublicidad AiPublicidad AiAndaluc�a Informaci�n
Publicidad Ai
Publicidad AiPublicidad AiPublicidad Ai Publicidad AiPublicidad Ai
La Audiencia Provincial de Murcia considera en una sentencia en la que rebaja la pena a un hombre que agredió a su compañera que “no toda acción de violencia física en el seno de la pareja de la que resulte lesión leve para ésta debe considerarse necesaria y automáticamente violencia de género”.

Por ello, en la sentencia se sustituye por seis días de localización permanente los seis meses de prisión impuestos al citado hombre que agredió a su compañera.

Añade la sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, que este delito sólo debe ser aplicado “cuando el hecho enjuiciado sea manifestación de la discriminación, de la situación de desigualdad y de las relaciones de poder del hombre sobre la mujer”.

TE RECOMENDAMOS

ÚNETE A NUESTRO BOLETÍN