Como ya se informó, la Oficina Municipal de Información al Consumidor del Ayuntamiento de Torremolinos ha constatado que el suministro de energía eléctrica se ha convertido para los consumidores en un auténtico quebradero de cabeza. Facturación mensual, lecturas estimadas, recargos por exceso de consumo, tarifa de último recurso E incrementos muy por encima de la inflación son conceptos que recientemente colapsaron los servicios de información al consumidor y desestabilizaron la economía familiar.
Por si esto no fuera poco, en el curso de los primeroS meses del año 2010 llegó un nuevo problema para los consumidores: Endesa comenzó a remitir a los abonados que no tienen instalado el interruptor de control de potencia, conocido como ICP, un escrito conminando a la instalación del mismo, ya que de no ser así se les incrementará unilateralmente la potencia contratada. El Interruptor de Control de Potencia (ICP) es un dispositivo cuya única y exclusiva finalidad es impedir que el usuario conecte más potencia de la contratada. El ICP es, por tanto, un dispositivo cuya única y exclusiva función es impedir que el usuario pague menos término de potencia del que corresponde a la potencia que tiene conectada.
El marco legal
El marco legal vigente para esta campaña del ICP establece que los distribuidores, por ejemplo Endesa, deberán comunicar a los consumidores la obligación que tienen éstos de instalar los equipos y las posibilidades de adquisición e instalación de los mismos, ya sea instalándolos por cuenta de los usuarios o solicitando al distribuidor, Endesa, que lo realice. A estos efectos, el requerimiento se practicará mediante remisión por cualquier medio que permita tener constancia de la recepción por el interesado o su representante, quedando la empresa distribuidora obligada a conservar en su poder la acreditación de la notificación efectuada.
Transcurridos 20 días naturales desde la notificación sin respuesta del titular del contrato o su representante se procederá a realizar una segunda notificación en la que se hará constar expresamente que si en el plazo de otros 20 días naturales a contar desde esta segunda notificación no se realizan las actuaciones necesarias para dar cumplimiento al Plan o no se recibe respuesta, se procederá a facturar un recargo por no tener instalado el ICP, recargo que está establecido en base al suministro y tarifa de cada uno de los contratos.
En Torremolinos el problema puede ser mayor, porque la carta con el requerimiento de instalar el ICP puede haber sido enviada a viviendas en las que, por ser segundas residencias en las que la mayor parte del año no hay personas, una vez superado el plazo sin que se haya instalado el ICP, se pueden encontrar con que Endesa les ha incrementado el término de potencia, el importe fijo que se abona en cada factura, a pesar de que son viviendas que se usan pocos meses al año.
¿Por qué vigilar la factura de Endesa?
La OMIC de Torremolinos tiene constancia de que Endesa está facturando la penalización en término de potencia a personas que solicitaron a Endesa que instalara el susodicho ICP dentro de los plazos legales.
El problema, reconocido por Endesa en cartas enviadas a los consumidores, es que el distribuidor señala que "procederemos a contactar con usted para visitar su vivienda y normalizar la situación tan pronto como nos sea posible, lo cual estimaremos será en los próximos meses, dado el volumen de peticiones que tenemos que atender de nuestros clientes. No se preocupe si en este plazo no ha recibido noticias nuestras, su petición ha quedado correctamente registrada".
Los consumidores tienen que preocuparse ya que es posible que Endesa le esté cobrando una penalización que no les corresponde abonar, ya que si el ICP no está instalado es por un problema del que los usuarios no son responsables.
Es muy importante que los consumidores vigilen la factura de Endesa para determinar cuáles son los conceptos y los importes que se les están facturando. La documentación existente en la OMIC pone de manifiesto que en la factura de junio hay casos de vecinos que tenían contratada una potencia de 3.300 KW a los que directamente se les cobró una potencia de 10 KW, es decir más de un 200 por ciento de aumento, si discernir cual es el importe que se cobra en función de la potencia contratada y cual es el importe que se cobra por una penalización improcedente, ya que si el ICP no está instalado es porque Endesa no dispone de los medios suficientes para atender en tiempo y forma la demanda de los usuarios.
No obstante, se da la circunstancia de que en un mismo suministro la factura de agosto ya refleja cual es el importe que se cobra en concepto de penalización. Concretamente, se indica lo siguiente:
Recargo poten.por ausencia icp
Aunque viene discernida la penalización, sigue siendo improcedente ya que la instalación del ICP se solicitó dentro de los plazos legales. Lo más grave es que esta anormalidad puede afectar a numerosos usuarios que no han leído con detenimiento la factura de Endesa. Por eso, para pagar solamente lo que le corresponde, y que ya es caro, vigile la factura de Endesa. Vigile si viene el "Recargo poten.por ausencia icp".
Si no corresponde abonar este importe, reclame.