En una providencia dictada y notificada este viernes, Castro ha justificado esta decisión para evitar la "distorsión" que, en su opinión, se ha producido al haberse trascrito en 42 folios la declaración del Duque de Palma, Iñaki Urdangarin, que se prolongó durante 20 horas, de las cuales unos dos tercios se emplearon para llevar a cabo la transcripción de lo que iba declarando el yerno del Rey.
El juez ha aseverado que esto se produjo por la libre decisión de Urdangarin que previamente a su declaración solicitó por escrito que se le dispensara de la grabación audiovisual de la diligencia para la que el Juzgado ya estaba preparado".
Para Castro, la grabación en video de la declaración del Urdangarin, "hubiera evitado la conflictividad sobre la correcta transcripción del acto" y hubiera reducido "su duración a un tiempo sensiblemente inferior al del día señalado".
El magistrado ha anunciado que para evitar que la grabación pueda ser reproducida en los medios de comunicación, "el original y la copia de seguridad serán custodiados en la caja fuerte del Juzgado a cargo y bajo la responsabilidad de la secretaria judicial".
"Bajo ningún concepto se entregará copia de la grabación al Ministerio Fiscal ni a las partes personadas y en sustitución les será entregada una transcripción literal de su contenido carente de toda imagen y sonido", ha explicado Castro, quien precisa que tanto el Ministerio Fiscal, como las partes personadas podrán visionar la grabación "siempre que lo soliciten con antelación suficiente y con la adopción de las debidas garantías que impidan su captación".
De esta manera, el juez señala que la duración de la declaración y su plasmación en 42 folios "no guarda una razonable proporción, lo que encuentra su explicación en el inadecuado sistema de documentación del acto, que fuerza a interrumpir las intervenciones de quienes interrogan y de quien responde con una cadencia aproximada de cada dos o tres oraciones al objeto de transcribir con la mayor fidelidad posible preguntas y respuestas".
"ELEVADO NÚMERO DE INTERRUPCIONES"
En esta línea, ha revelado que un "elevado número de interrupciones" durante la declaración de Urdangarin generó un debate en la medida en que los distintos letrados "legítimamente intervienen cuestionando los exactos términos de la trascripción o postulando la constatación de una riqueza de matices sólo propia de la trascripciones absolutamente literales".
Así, ha apuntado que esto obligaba en muchas ocasiones a "borrar lo escrito" y a requerir a Urdangarin para que "dirimiera las dudas o redactara por sí mismo las respuestas", por lo que ha dicho que el tiempo invertido para ello puede cuantificarse en unos dos tercios de la total duración del interrogatorio, "con la obligada presencia" del Duque de Palma, "aunque con ocasión de esas interrupciones no fuera objeto de interrogación y con los negativos efectos de pérdida de espontaneidad del acto".
No obstante, Castro reconoce que la petición de Urdangarin y de otros imputados para que no se grabara su declaración en video estaba "más que justificada y, por ello, se accedió a la misma, en razón de que la obligada entrega de copia a todas las partes personadas hacía inevitable que su imagen y voz fuera objeto de una rápida reproducción y difusión en todos los medios, incluidos los televisivos".
Por otra parte, en el citado auto, Castro accede a la petición cursada por el Ministerio Fiscal para que se suspendan por causa justificada las declaraciones señaladas para los días 5 y 6 de marzo y se trasladen a la tarde de los mismos días, señalándose para la declaración de Juan Pablo Molinero Pérez el 5 de marzo a las 16.00 horas; la de Mario Sorribas Fierro el 5 de marzo a las 17.30 horas; la de Miguel Zorío Pellicer el 6 de marzo a las 16.00 horas y la de José Manuel Aguilar el 6 de marzo a las 17.30 horas.
Finalmente, recuerda que la declaración de Elisa Maldonado, prevista para el 6 de marzo, se había suspendido con anterioridad por motivos de salud.