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Martes 12/11/2024
 
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Provincia de Granada

El edil de Pinos Puente condenado por lesiones y coacciones recurre el fallo

La sentencia, por la que el PP ha pedido su dimisión, considera probado que el 23 de mayo de 2012 López conminó a un vecino del municipio a borrar unas fotos que éste tomaba en el cementerio del municipio y que iban a ser usadas por su padre como prueba en un litigio contra el Ayuntamiento

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El concejal de Obras y Servicios del Ayuntamiento de Pinos Puente (Granada), el socialista Marino López Jiménez, ha recurrido la sentencia del Juzgado de Instrucción 9 de Granada que le ha condenado a pagar una multa de 300 euros por dos faltas de lesiones y coacciones.

   La sentencia, por la que el PP ha pedido su dimisión, considera probado que el 23 de mayo de 2012 López conminó a un vecino del municipio a borrar unas fotos que éste tomaba en el cementerio del municipio y que iban a ser usadas por su padre como prueba en un litigio contra el Ayuntamiento. Según consta en el fallo, durante la disputa que se produjo, el concejal empujó con la cabeza y el pecho al denunciante y que más tarde requirió la presencia de la Policía Local, lo que llevó a éste a borrar finalmente las fotografías

   Sin embargo, el letrado del edil, Fernando Fernández Navarro, ha interpuesto un recurso  alegando que "la sentencia no puede compartirse ni en los hechos declarados probados ni en su valoración jurídica ya que se le han inculcado los más elementales de procedimiento penal", informa el Ayuntamiento de Pinos Puente en una nota.

   En opinión del abogado defensor, los hechos han sido alterados e introducidos "arbitrariamente" con ocasión de la sentencia toda vez que tales hechos no fueron objeto de la denuncia. "La denuncia fue por retención y al final se condena por haber ejercido una supuesta presión por borrar unas fotos, incurriendo en arbitrariedad e indefensión del concejal", asegura.

   Tal y como explica Fernández Navarro la defensa se centrará en determinar si las presuntas lesiones psíquicas apreciadas, por un solo día de duración, tienen una causalidad directa o no con el encuentro con el concejal o responden  a otro tipo de circunstancias relevantes para la inocencia del condenado en primera instancia. "El denunciante ha ocultado dolencias y visitas médicas anteriores y posteriores a los hechos indispensables para valorar la dolencia alegada"

   Asegura el abogado defensor, con respecto a las supuestas lesiones, que nunca han sido físicas y que en todo caso de haber sido psíquicas "han sido incurriendo presuntamente por parte del denunciante en un delito de estafa procesal por la ocultación maliciosa de información absolutamente indispensable para la defensa del denunciado, burlando no solamente al denunciado sino al tribunal y a las partes que intervinieron en el procedimiento".

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