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Viernes 15/11/2024
 

Almería

Arranca este lunes el juicio contra un hombre acusado de matar a su mujer por tramitar el divorcio

La Fiscalía tiene previsto a solicitar penas que suman 31 años de prisión para este hombre por la muerte de Salud, de 41 años y celadora del hospital de Poniente de El Ejido

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La Audiencia Provincial de Almería acoge desde este lunes el juicio con jurado contra Francisco Antonio J.G., el hombre de 44 años acusado de asesinar en septiembre de 2011 a su esposa, Salud G.C., quien había iniciado los trámites de divorcio tras 16 años de violencia y a la que esperó en el interior del domicilio familiar de Vícar (Almería) para acabar con su vida a golpes.

   La Fiscalía tiene previsto a solicitar penas que suman 31 años de prisión para este hombre por la muerte de Salud, de 41 años y celadora del hospital de Poniente de El Ejido, quien falleció a causa de un traumatismo craneoencefálico severo debido a la "brutal agresión" a manos de su marido, con quien tenía una hija en común de 13 años y quien "planificó" el crimen para causarle el mayor "sufrimiento posible", según sostiene el Ministerio Público en su escrito de acusación.

   El procesado, que será enjuiciado por un tribunal de jurado, se enfrenta a una acusación fiscal de asesinato, de amenazas y de violencia psíquica habitual en el ámbito familiar. El fiscal interesa 25 años de prisión y penas de tres años de cárcel por cada uno de los dos delitos relacionados con malos tratos.

   El crimen causó gran conmoción en la localidad en la que residía la víctima y en su propio entorno laboral, que convocó concentraciones de repulsa y condena por su muerte en la red de hospitales provincial. Por su parte, el Ayuntamiento de Vícar decretó dos días de luto.

   Según recoge el escrito de calificación, Francisco Antonio J.G., de 44 años, mantuvo desde el principio del matrimonio una "continua actitud agresiva y de intimidación" con la víctima, a quien "atemorizaba" con "discusiones sin ningún motivo" en las que utilizaba un lenguaje "insultante".

   El procesado la sometía también a un "constante control económico", que incrementó, al igual que su violencia, cuando Salud G.C. interpuso la demanda de divorcio. A raíz de ese momento, remarca el fiscal, la amenazó en varios ocasiones diciéndole que si no retiraba la demanda "se iba a acordar toda la vida".

   Pocos días antes de cometer presuntamente el crimen, Francisco Antonio J.G. fue llamado para acudir al juzgado por trámites relacionados con la disolución de su matrimonio y, según el Ministerio Público, "decidió acabar con la vida de su mujer, esperando el momento más oportuno para ello".

   A las 08,30 horas del día 27 de septiembre, abordó a la víctima cuando ella regresaba del trabajo al domicilio familiar, en el número 39 de la calle Homero, y "dando cumplimiento a lo que había planeado y con la intención de quitarle la vida", comenzó a golpearla de "forma brutal en diversas partes del cuerpo, sobre todo en la cabeza".

   En su escrito, el fiscal relata que el procesado agarró "fuertemente por detrás del pelo y de las orejas" a Salud G.C. y "teniéndola así sujeta de modo que ella no podía defenderse, golpeó su cabeza de forma reiterada contra la pared, contra el suelo, y contra el mobiliario de la habitación".

   El Ministerio Público considera, asimismo, que se ensañó ya que, una vez que ella cayó al suelo después de que haber sido "presionada con fuerza en el cuello", "continuó golpeándola pese a que pedía ayuda, haciendo que con ello aumentara su sufrimiento toda vez que estaba con vida mientras le asestaba cada nuevo golpe".

   Francisco Antonio J.G. solo interrumpió la "brutal" agresión para "correr las cortinas" de una puerta cristalera que daba a la calle tras "percatarse de que le estaban observando desde el exterior del domicilio". Las "numerosas" heridas que sufrió provocaron a Salud G.C. un traumatismo craneoencefálico severo que derivó en shock hemorrágico.

   La Fiscalía, que aplica la agravante mixta de parentesco interesa, además de las penas privativas de libertad, que indemnice a la hija mejor de 13 años con 200.000 euros por la muerte de su madre. La vista oral con tribunal de jurado está previsto se celebre en la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Almería.

DECLARACIÓN DE "VÍCTIMAS DIRECTAS"

   El caso de Salud G.C. ha servido para impulsar una proposición no de Ley en la Comisión del Justicia del Congreso en la que se ha instado al Gobierno a declarar "víctimas directas" a los menores, hijos de víctimas mortales de violencia de género y del padre agresor, y ofrecerles una pensión extra de orfandad, en lugar de la pensión simple de orfandad que reciben en el momento de fallecer su madre.

   La iniciativa, que fue propuesta por el PP y contó con el apoyo de todos los grupos, salvo Amaiur, que se abstuvo, responde a una de las reivindicaciones que el PP defendió con insistencia en varias iniciativas que fueron rechazadas durante la pasada legislatura y que ahora recoge en una proposición no de ley, que también fue presentada para su debate en Pleno.

   Durante el debate de la misma, el diputado del PP José Miguel Castillo Calvín puso como ejemplo de las situaciones de "desamparo" que sufren los menores hijos de víctimas de violencia de género el caso de Salud, la hija de la mujer asesinada. Desde 2011 Salud "no ha recibido asistencia especial alguna, ni de carácter psicológico-psiquiátrico, ni económico", contando sólo con una pensión de orfandad de 250 euros mensuales, correspondiente a la pérdida de su madre, según expuso este diputado.

   Esto ocurre así debido a que hasta que no haya una sentencia firme, cosa que puede tardar varios años, la pensión de orfandad no se ve incrementada con la pérdida de la pensión de viudedad del agresor.

   "El caso de Salud, desgraciadamente, es también el de otros niños y adolescentes, que cada año también son víctimas directas de la violencia de género", señaló Castillo Calvín, quien ha subrayado que el hijo de una víctima mortal de violencia de género "sólo tiene reconocido el derecho a una pensión de orfandad simple", lo que implica reconocerle la misma pensión que le correspondería si la madre trabajadora falleciera por enfermedad común.

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