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Lunes 25/11/2024
 
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Sevilla

El Consultivo da razón a Ayuntamiento de Sevilla sobre el convenio con Noga

El Consejo Consultivo de Andalucía ha dado la razón al Ayuntamiento de Sevilla en relación al Convenio Urbanístico de Gestión suscrito para la edificación de viviendas con el Grupo de Inversiones Noga, de la que afirma que ha incumplido al edificar 51 viviendas del total de 2.161 previstas

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El Consejo Consultivo de Andalucía ha dado la razón al Ayuntamiento de Sevilla en relación al Convenio Urbanístico de Gestión suscrito para la edificación de viviendas con el Grupo de Inversiones Noga, de la que afirma que ha incumplido al edificar 51 viviendas del total de 2.161 previstas.

Se trata del convenio suscrito en febrero de 2006 por el Consistorio sevillano y las empresas Inversiones Noga, SAU, Inonsa S.L e Inmobiliaria Osuna, todas ellas del mismo grupo de empresas, relativo actuaciones edificatorias en parcelas de Sevilla-Este.

Según el dictamen del Consejo Consultivo de Andalucía, al que ha tenido acceso Efe, el convenio ha sido "incumplido" por las empresas firmantes del mismo, ya que solo se han edificado 51 viviendas del total de 2.161 previstas.

Esta cifra de ejecución representa un 2,3 por ciento del total de viviendas previstas, lo que -a juicio- del Consultivo pone de manifiesto "de forma evidente" que las empresas han incumplido también la obligación que establecía la estipulación segunda del convenio de construir 180 viviendas de media anual.

Han transcurrido ocho años y solo se han construido 51 viviendas, apostilla el informe del Consejo Consultivo, que recuerda que los contratistas se han amparado en la crisis económica para solicitar el restablecimiento del equilibrio económico-financiero del convenio.

Sin embargo y con estos razonamientos, este órgano otorga también la razón al Ayuntamiento sobre la resolución, de forma que recoge la inclusión de los solares objeto del convenio no edificados en el Registro Municipal de Solares y Edificaciones Ruinosas.

Además, entiende que no ha de transcurrir el plazo de un año que establece la ley y que procede de forma inmediata la venta forzosa, lo que para el Consultivo es compatible con el convenio y lo acordado en una de sus estipulaciones.

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