El tiempo en: Ayamonte
Publicidad Ai

España

El Gobierno ha indemnizado a 49 herederos de fallecidos en defensa de la democracia entre 1968 y 1977

El Ejecutivo ha atendido el 25 por ciento de las 190 solicitudes de indemnizaciones presentadas ante la Dirección General de Costes de Personal y Pensiones Públicas, del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas

Publicidad Ai
Publicidad Ai
Publicidad Ai
  • Congreso. -

El Gobierno ha indemnizado a un total de 49 herederos de personas fallecidas en defensa de la democracia entre 1968 y 1977 desde la entrada en vigor de la conocida como Ley de Memoria Histórica en diciembre de 2007.

   En concreto, el Ejecutivo ha atendido el 25 por ciento de las 190 solicitudes de indemnizaciones presentadas ante la Dirección General de Costes de Personal y Pensiones Públicas, del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas.

   Estos son los datos que ha proporcionado el Ejecutivo al portavoz del PSOE en la Comisión Constitucional del Congreso, Ramón Jáuregui, quien presentó una batería de preguntas al Gobierno en el Congreso sobre estas indemnizaciones.

   Entre otras cosas, Jáuregui quería saber si se ha aplicado a todas esas indemnizaciones "tributación fiscal" y el Gobierno en su respuesta, a la que ha tenido acceso Europa Press, señala que éstas se "han abonado íntegramente, sin que se les haya practicado ningún tipo de retención". "Todo ello --añade-- sin perjuicio de beneficiario deba consignar el importe recibido en su declaración de la renta".

DISCRIMINACIÓN POR INDEMNIZACIONES Y TERRITORIOS

   El exministro socialista había denunciado que es "injusto" que las indemnizaciones a las personas que estuvieron en prisión por defender las libertades y derechos democráticos y a las que se les aplicó la Ley de Amnistía estén exentas de tributación, pero no lo estén las que se conceden por fallecimiento siendo más grave el hecho indemnizado.

   El Gobierno no valora esa diferencia y se limita a recordar que las indemnizaciones por haber estado en prisión no tributan en virtud de la ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio (LIRPF) de 2006, que no incluye en el mismo saco a las que perciben los herederos de los fallecidos en defensa de la democracia en los años del tardofranquismo (1968 y la aprobación de la Ley de Amnistía
en octubre de 1977).

   Jáuregui también preguntó al Gobierno si no considera discriminatorio que las indemnizaciones por fallecimiento sí hayan sido declarado exentas en el País Vasco mientras que no lo son en el resto del país. En este punto, el Ejecutivo recalca a Jáuregui que las diputaciones forales pueden regular su propio régimen tributario y, por tanto, esa exención de ajusta a la ley.

TE RECOMENDAMOS

ÚNETE A NUESTRO BOLETÍN