El consejo de gobierno de la Gerencia de Urbanismo del Ayuntamiento de Sevilla ha acordado este miércoles no admitir a trámite una acción de nulidad promovida por la Asociación para la Defensa del Patrimonio de Andalucía (Adepa), contra el plan especial de protección del subsector 13.1 del Conjunto Histórico Artístico de la ciudad, correspondiente al ámbito de la Casa de la Moneda y aprobado definitivamente en mayo de 2005, según la documentación consultada por Europa Press.
Recordemos que fruto de las acciones judiciales de Adepa, sobre el planeamiento del casco histórico pesa una sentencia de 2009 del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), ratificada en 2013 por el Tribunal Supremo, que anuló la aplicación total o parcial de 12 artículos del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) de 2006 en cuatro sectores del Conjunto Histórico Artístico de Sevilla. Hablamos, en concreto, de los sectores Santa Catalina-Santiago (4), Catedral (7), Encarnación-Magdalena (8) y La Calzada-Fábrica de Artillería (19).
A cuenta de la mencionada sentencia, el Ayuntamiento emprendió la elaboración de planes especiales de protección para los citados sectores del casco histórico. Adepa, en ese sentido, avisaba de que los planes especiales de protección elaborados por el Ayuntamiento de Sevilla después del fallo inicial de 2009 "siguen la misma línea" que al articulado del PGOU anulado ya definitivamente, con lo que la organización conservacionista defendía que el fallo del Supremo implicaba la nulidad de dichos instrumentos de planeamiento.
EL CONFLICTO DE ADEPA
En ese sentido, Adepa solicitó al TSJA la "ejecución forzosa" de la sentencia a cuenta del "incumplimiento reiterado" del fallo del Tribunal Supremo, reclamando la declaración de nulidad y supresión de gran parte del articulado de los planes especiales elaborados para los sectores del Conjunto Histórico Artístico Santa Catalina-Santiago y La Calzada-Fábrica de Artillería, y los subsectores Encarnación y El Duque-El Salvador, todos ellos aprobados definitivamente por el Ayuntamiento hispalense.
El alto tribunal andaluz, según la documentación recogida por Europa Press, estimó parcialmente la petición de Adepa y, merced a su incidente de ejecución, declaraba nulos diversos artículos de los planes especiales de protección del sector Santa Catalina-Santiago y de los subsectores Encarnación y El Duque-El Salvador, tras lo cual Adepa solicitó la ejecución forzosa de la sentencia con la nulidad de diferentes artículos de los planes especiales de protección del sector San Andrés-San Martín y del subsector Magdalena.
El TSJA, de nuevo, admitió parcialmente su incidente de ejecución y declaró la nulidad de artículos como los relativos a la memoria de ordenación o las obras catalogadas en el caso del plan especial de protección del sector San Andrés-San Martín, y como la memoria de ordenación, los criterios de intervención, las edificaciones catalogadas o el anexo de normas urbanísticas en el caso del plan especial del subsector Magdalena.