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Almería

Condenado a dos años de prisión por golpear a su compañero de piso con un bate en la cara

Los hechos tuvieron lugar en la madrugada del pasado 21 de enero, cuando ambos hombres, de nacionalidad marroquí y con domicilio en Níjar (Almería), mantuvieron una discusión en un bar en el que se encontraban, motivo por el que el acusado abandonó el establecimiento y se fue a su casa

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El Juzgado de lo Penal número 4 de Almería ha condenado a dos años de prisión a un hombre acusado de haber golpeado en la cara con un bate de baseball a su compañero de piso después de que ambos mantuvieran una discusión en un pub donde habían estado bebiendo previamente.

   Según recoge la sentencia, consultada por Europa Press, el acusado condenado por un delito de lesiones con instrumento peligroso, tendrá que indemnizar también a la víctima con 3.030 euros por las lesiones ocasionadas a su compañero, quien finalmente quedó absuelto al no haber podido acreditar que las heridas que presentaba el agresor se las hubiera ocasionado él.

   Los hechos tuvieron lugar en la madrugada del pasado 21 de enero, cuando ambos hombres, de nacionalidad marroquí y con domicilio en Níjar (Almería), mantuvieron una discusión en un bar en el que se encontraban, motivo por el que el acusado abandonó el establecimiento y se fue a su casa.

   Así, a la llegada de su compañero de piso, éste recibió un golpe con un bate en la cara, lo que le fracturó la mandíbula y le ocasionó otras heridas en la parte izquierda del rostro que precisaron de intervención quirúrgica y un tiempo de recuperación de 40 días.

   El fallo dictado por la magistrada Marta Inés Sierra apunta además que, en la misma noche, el acusado ingresó en el Hospital de El Toyo con una erosión en el dorso nasal y fractura en la mandíbula, por lo que también tuvo que ser operado.

   No obstante, y debido a las múltiples versiones ofrecidas por el demandado entre las que incluía la presencia de un vecino, no se pudo esclarecer quién fue el autor material de la agresión en el caso del denunciado, por lo que la juez decide absolver a la víctima, para la que el fiscal pedía un año de prisión.

   El condenado, que se mantenía en prisión provisional por estos hechos, se encontraba en situación irregular en España, motivo por el que la juez estima la conmutación de la pena privativa de libertad por la prohibición de entrar en España durante los próximos cinco años, la mitad de lo que interesaba el Ministerio Público.

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