El tiempo en: Ayamonte
Jueves 14/11/2024
 
Publicidad Ai
Publicidad Ai

Torremolinos

Plazo de 72 horas a la Comunidad de Propietarios 'Torresol' para reparar el ascensor del Bajondillo

El alcalde de Torremolinos, Pedro Fernández Montes, ha dictado un Decreto para que se proceda a la ejecución de los trabajos

Publicidad Ai
Publicidad Ai
Publicidad Ai
Publicidad Ai
Publicidad AiPublicidad Ai
Cargando el reproductor....

El alcalde de Torremolinos, Pedro Fernández Montes, ha dictado un Decreto por el que ordena a la Comunidad de Propietarios Edificios Torresol que, en un plazo máximo de 72 horas, proceda a la ejecución de los trabajos necesarios para garantizar la seguridad en la utilización del ascensor público conocido popularmente como “del Bajondillo”, en cumplimiento de las sucesivas ordenes de ejecución dictadas con anterioridad.

 

En el Decreto, el alcalde, “ante el incumplimiento reiterado de los Decretos de esta Alcaldía”, conmina a la “reparación del parámetro gunitado, como mínimo en un ancho de cuatro metros desde la estructura del ascensor y en toda su altura, advirtiendo que, transcurrido el referido plazo de ejecución, se procederá de inmediato a la ejecución subsidiaria de dichas obras, con cargo íntegro a la Comunidad”.

 

Esta orden del alcalde de Torremolinos se produce después del sistemático incumplimiento de los sucesivos requerimientos del Ayuntamiento, en enero de 2014 y enero de 2015, tras la redacción de distintos informes técnicos, demandando a la Comunidad la ejecución de las necesarias actuaciones para evitar el deterioro del talud y, en el mismo contexto, poner fin a las graves consecuencias que la situación comporta para el interés general, en cuanto a garantizar la seguridad a los usuarios del ascensor público que une la plaza situada a nivel de la Calle Bajondillo con la otra plaza pública existente a nivel de la Avenida de las Mercedes, la Plaza de los Tajillos.

 

El incumplimiento sistemático de las medidas ordenadas hasta ahora ha dado pie a este nuevo Decreto, que obliga a la Comunidad a la ejecución de los trabajos antes de 72 horas, o bien será el Ayuntamiento quien proceda a ejecutarlos, con cargo en su cuantía íntegra a la referida Comunidad de Propietarios.

TE RECOMENDAMOS

ÚNETE A NUESTRO BOLETÍN