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Viernes 15/11/2024
 
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Huelva

Condenado a cuatro años de cárcel por abusar sexualmente de una niña de ocho, hija de su pareja

El Supremo considera probado que cuando se produjeron los abusos el ahora condenado convivía con su pareja sentimental en un piso de Punta Umbría, que constituía el domicilio familiar de la pareja, junto con la hija de ésta, que entonces contaba con ocho años de edad

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El Tribunal Supremo (TS) ha condenado a un vecino de la localidad de Punta Umbría (Huelva) a cuatro años de prisión por abusar sexualmente de una menor en 2011 cuando ésta contaba con ocho años de edad, con abuso de superioridad, siendo ésta la hija de su pareja, con la que convivía en una vivienda del citado municipio costero.

   Según reza en la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, el Alto Tribunal estima parcialmente el recurso de casación interpuesto por el padre de la menor contra la sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Huelva, que dejaba la condena en dos años de cárcel al no considerar abuso de superioridad.

   No obstante, el Supremo entiende que el condenado se aprovechó de la diferencia de edad con la niña --cuando ocurrieron los hechos tenía 48 años-- y de la convivencia familiar, pues era la pareja de la madre.

   El TS considera probado que cuando se produjeron los abusos el ahora condenado convivía con su pareja sentimental en un piso de Punta Umbría, que constituía el domicilio familiar de la pareja, junto con la hija de ésta, que entonces contaba con ocho años de edad.

   Los hechos ocurrieron en agosto de 2011, cuando la madre de esta menor denunció lo ocurrido hacia esta niña, con la que el condenado no mantenía buena relación en general, a la que abordó con ánimo de satisfacer sus deseos sexuales, sin penetración.

   Además de la pena de cárcel, este hombre tiene prohibido aproximarse a la menor o comunicar con ella por cualquier medio o procedimiento durante cinco años, medida de libertad vigilada durante dos, pago de la mitad de las costas incluyendo las de la acusación particular, declarando de oficio la otra mitad, y el pago de una indemnización de 5.000 euros hacia esta menor.

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