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Lunes 25/11/2024
 

Almería

El hotel del Algarrobico, pendiente de que el Supremo decida cómo y de quien es el suelo en el que se levanta

El Supremo tiene que unificar doctrina, o lo que es lo mismo, dictaminar si se podía o no edificar en el sector ST-1 de Carboneras

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  • Algarrobico. -

Cuatro sentencias "de golpe" en septiembre que "despejarán por fin" la "ya eterna pregunta", con "continuos vaivenes en su respuesta", de si el hotel de Azata en el paraje de El Algarrobico, en Carboneras (Almería), "se derriba o se abre al público".

   Así lo dijo el magistrado del Tribunal Supremo (TS) Rafael Fernández Valverde, quien, con su afirmación, hecha en el marco de unas jornadas jurídicas celebradas en Almería el pasado mes de junio, anunciaba el momento que todas las partes implicadas coinciden será definitivo en el devenir del hotel diez años después de que un juez de Almería dictaminase que la licencia contravenía la normativa ambiental del parque natural de Cabo de Gata-Níjar y la Ley de Costas.

   Hoy, la licencia municipal de obras concedida en 2003 es legal en virtud de la sentencia firme de julio de 2014 del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) pero aún queda dirimir si el suelo sobre el que se edificó es urbanizable o, por el contrario, cuenta con la calificación de espacio protegido. Y lo que el Supremo sentencie al respecto se adivina como un hito para su futuro.

   El Supremo tiene que unificar doctrina, o lo que es lo mismo, dictaminar si se podía o no edificar en el sector ST-1 de Carboneras. Y lo tiene que hacer ante la existencia de dos sentencias del TSJA a este respecto que se contradicen entre sí en sus pronunciamientos.

   En 2012, la Sección Primera del Alto Tribunal andaluz concluyó que el paraje de El Algarrobico se localiza en zona C1 o de interés general, y por tanto, no urbanizable de acuerdo a la normativa ambiental de 1994, derogada en 2008, que regía el parque natural de Cabo de Gata-Níjar cuando se construyó el hotel.

   Incluso fue más allá al afirmar que, para corregir esta actuación irregular en alusión a la construcción del hotel, no era "necesario más que aplicar las medidas de disciplina urbanística establecidas en el Real Decreto Legislativo 1/92 de 26 de junio" que en su articulado estipula que las edificaciones contrarias al planeamiento deben ser demolidas sin indemnización.

   Dos años después, en marzo de 2014, cuando la Junta de Andalucía había oficializado ya la condición de protegido del paraje mediante su publicación en su boletín oficial (BOJA), la Sección Tercera del mismo tribunal hacía suyas las tesis de la promotora y dictaminaba que, al suelo sobre el que se levanta el hotel, le corresponde el nivel de zonificación D2 o "suelos urbanizables cuyo desarrollo no resulta 'a priori' contrario a los valores del espacio protegido".

   La última palabra al respecto la tiene ahora el Tribunal Supremo (TS). A la espera de su decisión, que es percibida como la que pondrá punto final a la controversia, al menos jurídica, los tribunales han aplazado el dictado de otras sentencias que afectan al hotel en procedimientos aún en marcha sobre la normativa ambiental de Cabo de Gata o la normativa urbanística municipal en Carboneras.

   Las administraciones competentes, en especial Junta de Andalucía y Ayuntamiento de Carboneras, también se han asido a esta esperada sentencia y a la "seguridad jurídica" que daría para posponer decisiones en el marco de sus estrategias. El alcalde, Salvador Hernández (Gicar), anunciaba en julio, y tras recibir notificación del TSJA comunicándole que la licencia de obras era legal en firme, que la corporación no realizaría "ninguna actuación" con respecto al paraje de El Algarrobico hasta que Supremo no dictase la sentencia que debe dirimir si el suelo sobre el que se asienta el hotel de Azata del Sol es urbanizable o de especial protección.

   En la misma línea se pronunció semanas antes la entonces consejera andaluza de Medio Ambiente, María Jesús Serrano, quien señalaba que cuando este aspecto estuviese "clarificado por el Supremo", abordarían cómo hacer cumplir "la intención última de la Junta de restaurar la legalidad urbanística alterada y que se cumpla el protocolo firmado en 2011 con el Gobierno, que está vigente para la demolición del hotel y la restauración medioambiental de la zona".

PROPIEDAD DEL SUELO

   Estas declaraciones llegaban después de que el TSJA le denegase el pasado mes de junio el "auxilio judicial" que le pidió y rechazase darle "autorización de entrada" para "tomar posesión de la finca" sobre la que se levanta el hotel. La Junta lo solicitó para hacer efectivo el retracto que ejerció en 2006 por 2,3 millones de euros sobre el terreno y avalado en tres sentencias, de las que una es firme.

   A la hora de pronunciarse sobre si el derecho de retracto del Gobierno andaluz fue o no conforme a derecho, el Alto Tribunal no tuvo dudas en 2013. Lo respaldó en hasta tres sentencias dado el "notorio interés medioambiental" del paraje, bajó la protección de "seis figuras conservacionistas europeas" pero, de nuevo, la última palabra la tiene el Tribunal Supremo (TS).

   La promotora de la edificación recurrió dos de ellas. El Ayuntamiento no lo hizo y el fallo en el que era parte devino en firme, lo que sirvió a la Junta para solicitar su ejecución, fallida, por lo que deberá recurrir a la vía civil.

   Según el anuncio del magistrado Rafael Fernández Valverde en junio, el Supremo también fallará este mes sobre los dos recursos de la mercantil contra las resoluciones contrarias a sus intereses y que, según remarca, fueron adoptadas con anterioridad a las dos resoluciones que califican de urbanizable el suelo y declaran la licencia de obras conforme a derecho.

RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL

   Pero el futuro del hotel de El Algarrobico no se dirime únicamente en el Tribunal Supremo. La Audiencia Nacional tramita en un único procedimiento las tres demandas por responsabilidad patrimonial elevadas por Azata del Sol contra el Estado, la Junta de Andalucía y el Ayuntamiento. Reclama una indemnización de 70 millones de euros para resarcir los "daños y perjuicios" derivados de lo que considera un "anormal funcionamiento" de la administración.

   Azata del Sol cuantifica la responsabilidad patrimonial de Estado, Junta y Ayuntamiento carbonero, conjunta y de manera solidaria, en 70.042.712 euros, cifra que incluye un 5 por ciento por daño moral según la tasación realizada por la sociedad Tinsa de acuerdo no solo al valor del suelo y del hotel, sino también teniendo en cuenta "el daño moral, material y el descrédito empresarial" a la mercantil.

   Por último, los colectivos ecologistas mantienen abiertas otras dos vías, ante el Tribunal Constitucional y ante el Ayuntamiento de Carboneras. Por un lado, han pedido amparo al TC ante la sentencia que respalda la legalidad de la licencia municipal de obras después de que el TSJA rechazase su nulidad, como pedían las asociaciones Salvemos Mojácar y Ecologistas en Acción, así como la propia Junta.

   Por otro lado, junto al colectivo 'Amigos del Parque', han solicitado formalmente al Consistorio carboneras que descatalogue como urbanizables en la normativa urbanística tanto los sectores ST-1, como el ST-2 y el ST-3, en los que también se prevé desarrollo residencial y hotelero.

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