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Jueves 14/11/2024
 

Córdoba

La acusada por la muerte de un empleado en su campo dice que tenía "una experiencia de 30 años"

Según recoge la calificación inicial del Ministerio Público, el 31 de agosto de 2011 el hombre estaba trabajando en una finca del citado municipio para una comunidad de bienes, cuya representante legal, gestora, directora y técnica es la procesada

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La mujer acusada de un delito de homicidio por imprudencia, después de que un trabajador de 45 años al que había contratado falleció como consecuencia de un accidente con un tractor en un campo de la localidad cordobesa de Adamuz, ha defendido ante la juez que la formación del varón era "la experiencia del día a día durante 30 años" en los que llevaba trabajando en la finca.

   Durante su declaración en el juicio, que ha quedado visto para sentencia, en el Juzgado de lo Penal número 5 de Córdoba, la mujer ha declarado ante la juez que no tenía contratado seguro de responsabilidad civil, al tiempo que ha detallado que el tractor del accidente era "el más antiguo" que tenían en el campo, pero "no se llevaba a sitios extremos", así como que "no era la primera vez que lo utilizaba".

   En este sentido, ha apuntado que el empleado estaba en una zona de "campo abierto", que "ya había trabajado otras veces", a lo que ha añadido que "si había algún fallo" en el vehículo, "avisaba" y él mismo era quien "lo arreglaba". Además, ha comentado que ella le dio "las órdenes" el día anterior para trabajar, aunque ha señalado que "no había que decirle lo que había que hacer", al contar con los "30 años de experiencia".

   En concreto, la Fiscalía pide para la mujer una pena de tres años y ocho meses de prisión y cuatro años de inhabilitación para ejercer como directora o gestora de empresas agrícolas. Mientras, la acusación ha solicitado sendas penas de cuatro años de cárcel para la acusada y su hijo, también procesado por la acusación, al entender que era "conocedor a la perfección" del estado del tractor.

   Según recoge la calificación inicial del Ministerio Público, el 31 de agosto de 2011 el hombre estaba trabajando en una finca del citado municipio para una comunidad de bienes, cuya representante legal, gestora, directora y técnica es la procesada.

LABORES DE LIMPIEZA

   De este modo, la mujer era la encargada de dar las órdenes al varón, quien realizaba labores de limpieza del pasto y rastrojo, para lo cual ella puso a su disposición un tractor, con una antigüedad de más de 20 años y al que iba unido una malla de acero con púas para el arrastre.

   Dicho vehículo no contaba con cabina, ni pórtico de seguridad o cualquier otra estructura de protección ni cinturón de seguridad, al tiempo que carecía de permiso de circulación y tarjeta de inspección técnica, de manera que no se ha acreditado el mantenimiento del mismo, según el fiscal.

   Así, la acusada, "incumpliendo las funciones que tiene encomendadas", supuestamente no impidió, ni dio órdenes de que el trabajador fallecido no realizara el trabajo descrito anteriormente y con la maquinaria que lo estaba realizando. Tampoco contaba con plan de prevención de riesgos, ni había proporcionado actividad formativa alguna al empleado.

   Además, el fiscal indica que tenía conocimiento de que "el tractor y el apero incumplían las medidas de seguridad exigibles en la utilización por el trabajador del citado equipo", dado que "el tractor no estaba adaptado por las circunstancias ya señaladas para su utilización y más aún cuando se utilizaba en la citada finca que tiene zonas de pendiente".

PERDIÓ EL CONTROL

   Por tanto, el 31 de agosto de 2011, la procesada presuntamente mandó al varón a realizar las labores mencionadas con el tractor y en un momento dado el empleado perdió el control del tractor, de manera que volcó y el trabajador cayó por la pendiente.

   Como consecuencia de los hechos, el hombre, de 45 años de edad, falleció por un 'shock hipovolémico' secundario a politraumatismo. El fallecido estaba casado y tenía dos hijos, quienes reclaman en este caso.

   Mientras, la Inspección de Trabajo ha propuesto una sanción como infracción grave de las normas de prevención de riesgos a la empresaria acusada. Según apunta el Ministerio Público, ni la empresa ni la procesada tenían concertado seguro de responsabilidad civil.

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