La Fiscalía de Medio Ambiente ha trasladado a la Fiscalía de Madrid unas actuaciones realizadas sobre un supuesto fraude detectado en diversos talleres de Madrid para falsear las emisiones de gases contaminantes en los vehículos, por si existiera delito de falsedad documental ya que de las primeras investigaciones se ha concluido que no existe delito contra el Medio Ambiente.
Según ha informado la Fiscalía General del Estado, el fiscal de Sala de Medio Ambiente y Urbanismo, Antonio Vercher, ha coordinado con la Unidad de Policía Nacional Adscrita a la especialidad ambiental la inspección de distintos talleres de reparación de automóviles que ofertaban en internet la anulación de los filtros anti partículas (FAP) y la reprogramación del software de vehículos diésel.
Esto provocaba mayor contaminación y además permitía al usuario del vehículo incrementar la potencia del coche y burlar los controles medioambientales de las ITV. La Fiscalía de Medio Ambiente comenzó a investigar al entender que tales conductas supondrían incumplir lo dispuesto en la Norma Euro 5 de la Comisión Europea.
La operación que se ha llevado a cabo a lo largo de todo el 2015 en la Comunidad de Madrid ha culminado ahora con la identificación de diversos establecimientos en los que se procedía, de forma ilícita, a modificar el sistema electrónico mediante la reprogramación de la centralita informática del vehículo con el objetivo de anular el filtro de partículas.
En ocasiones simplemente se eliminaba el filtro de manera mecánica y sin retoques informáticos, lo que implicaba, "a mayor abundamiento", un aumento sustancial de su potencia al eliminar los filtros, sin o mediante la reprogramación electrónica. Desde la Fiscalía de Medio Ambiente recalcan que como consecuencia de las manipulaciones descritas, y habida de la cuenta rectificación de las características técnicas del vehículo, se producía también un cambio de los datos reflejados en la documentación oficial de los mismos.
Sin embargo, no se ha podido inferir de los hechos investigados la existencia de un delito contra los recursos naturales y el medio ambiente del artículo 325 del Código Penal, al no poder cuantificar con los medios actuales el número de vehículos afectados, y siendo el número de vehículos revisados limitado (casi cincuenta).
Por eso, se ha concluido que no existe un delito contra el medio ambiente y se han remitido las actuaciones a la Fiscalía de Madrid por si dichos hechos sí pudieran ser constitutivos de un delito de Falsedad Documental.
COMUNICACIÓN A INDUSTRIA
Por otro lado y a fin de determinar las posibles responsabilidades administrativas de los titulares de los talleres y/o propietarios de los vehículos, se ha enviado una comunicación a la Dirección General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa del Ministerio de Industria, Energía y Turismo, a fin de que se ordene la restitución de los sistemas mecánicos y electrónicos de control de emisiones y la adecuación de sus características en cada caso y en cada vehículo.
Asimismo, han instado a la Administración a que adopten las medidas necesarias para que la Inspección Técnica de Vehículos puedan detectar -"pero en el plazo más breve posible, por razones evidentes"-, de futuro, y corregir, las irregularidades detectadas, así como extremar la vigilancia para poner freno a las mismas.
Concretamente en el oficio librado a la Dirección General se hace constar que "en atención a que según lo manifestado por distintos propietarios de vehículos manipulados, dichos vehículos a pesar de las irregularidades que presentaban tras haber sido modificados, han superado con éxito la Inspección Técnica de Vehículos al no detectarse en la misma las irregularidades".
Por ello, consideran "imprescindible que desde la Dirección General de Industria "se adopten con la mayor urgencia posible las medidas necesarias para que la ITV esté en condiciones de detectar, corregir y sancionar las referidas irregularidades dadas sus innegables consecuencias en materia medioambiental y de seguridad vial".
En su opinión, "sería de todo punto inadmisible que -a la vista de lo expuesto- se tolerara mediante una actitud omisiva que tal Inspección sea en la práctica en un mero formalismo carente de eficacia".
Por último, debe señalarse que de la investigación desarrollada en la Comunidad de Madrid resultan indicios de que similares conductas ilícitas se pueden estar produciendo en el resto del territorio nacional, "con las inaceptables consecuencias medioambientales que pueden resultar de la suma de infracciones individuales".
Desde la Fiscalía son conscientes de que es evidente que en sí mismas e individualmente consideradas estas infracciones carecen de trascendencia penal, habida cuenta la actual redacción del artículo 325 C. Penal.
No obstante, "considerando los efectos globales o conjuntos de las mismas, ante una situación de estas características", para la Fiscalía "resulta ineludible exigir a todas las Administraciones e Instituciones con competencia en la materia el máximo esfuerzo para erradicar y sancionar semejantes prácticas, así como demandar igualmente a los ciudadanos una actitud de cooperación activa y de implicación comprometida para evitar su proliferación".