El Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI) ha enviado a todos los grupos parlamentarios del Congreso y el Senado una propuesta de proposición de ley orgánica de modificación de la Ley Orgánica Electoral General para devolver el voto a aquellas personas con discapacidad que el juez ha declarado como incapaces para ejercer este derecho.
En su escrito a los grupos políticos, el CERMI recuerda que más de 80.000 personas con discapacidad se encuentran en esta situación y no pueden ejercer su derecho de sufragio porque una sentencia judicial de incapacitación se lo ha negado.
"La legislación electoral española mantiene este vestigio de discriminación y exclusión contra las personas con discapacidad con el que hay que acabar inmediatamente, garantizando el derecho de voto a todas las personas con discapacidad, sin excepciones", subrayan.
Según el apartado primero del artículo 3 de la Ley del Régimen Electoral General, "carecen de derecho de sufragio: los declarados incapaces en virtud de sentencia judicial firme, siempre que la misma declare expresamente la incapacidad para el ejercicio del derecho de sufragio, y los internados en un hospital psiquiátrico con autorización judicial, durante el período que dure su internamiento siempre que en la autorización el juez declare expresamente la incapacidad para el ejercicio del derecho de sufragio".
En su Proposición de Ley, el CERMI plantea suprimir estos apartados b) y c) y el punto 2 del artículo 3 de la ley de Régimen Electoral General, que se refiere a la obligación de los jueces de comunicar al Registro Civil la incapacidad de una persona para el ejercicio del sufragio. Además, sugiere añadir una nueva disposición adicional que establecería la devolución del derecho de sufragio a este colectivo.
Para hacer esta reivindicación, el CERMI se apoya en la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, firmada y ratificada por España y vigente, que en su artículo 29 establece que los Estados "asegurarán que las personas con discapacidad puedan participar plena y efectivamente en la vida política y pública en igualdad de condiciones, incluidos el derecho y la posibilidad de las personas con discapacidad a votar".
También recuerda la recomendación que hizo a España en 2011 el Comité sobre los derechos de las personas con discapacidad de Naciones Unidas que, tras expresar su "preocupación" sobre los criterios de los jueces para privar a personas con discapacidad intelectual o psicosocial del derecho al voto, pide al Estado español que modifique el artículo 3 de la Ley del Régimen Electoral General para que todas las personas con discapacidad, independientemente de su deficiencia, de su condición jurídica o de su lugar de residencia, tengan derecho a votar.