El tiempo en: Ayamonte
Sábado 16/11/2024
 
Publicidad Ai
Publicidad Ai

Sevilla

Rechazan indemnizar con 2.894 euros una caída de moto achacada a la cera de Semana Santa

El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número once no aprecia "la responsabilidad patrimonial reclamada"

Publicidad AiPublicidad AiPublicidad Ai Publicidad Ai Publicidad Ai
Publicidad Ai Publicidad AiPublicidad Ai
Publicidad Ai

El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número once de Sevilla ha desestimado un recurso promovido por una vecina de Dos Hermanas, contra la decisión del Ayuntamiento nazareno, gobernado por Francisco Toscano (PSOE), de desestimar una reclamación patrimonial mediante la que esta mujer solicitaba una indemnización de 2.894 euros, por una caída en ciclomotor sufrida según su tesis por la cera de las procesiones del Domingo de Ramos.

   Según la documentación recogida por Europa Press, Inmaculada P.H. promovía contra el Ayuntamiento nazareno un litigio por la vía Contencioso Administrativa, a cuenta de un accidente de ciclomotor sufrido el 15 de abril de 2014, Domingo de Ramos. En concreto, esta vecina reclamaba al Ayuntamiento asegurando que la caída sufrida mientras circulaba en ciclomotor por la calle Melliza fue fruto de un "patinazo" de la rueda trasera del vehículo, supuestamente por "la cera que cubría esa parte de la calzada tras el paso de las procesiones del Domingo de Ramos".

   La demandante, en ese sentido, reclamaba al Ayuntamiento 2.894 euros de los que 2.597 euros correspondían a "daños personales" y 297 a "los daños y desperfectos sufridos por el ciclomotor". La acción de Inmaculada P.H. por la vía Contencioso Administrativa surgía precisamente después de que la junta de gobierno del Ayuntamiento de Dos Hermanas desestimase la reclamación patrimonial presentada ante la Administración local nazarena.

   Pero a través de una sentencia firme emitida el pasado 18 de febrero, el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número once de Sevilla desestima "en su integridad" la acción judicial de la mencionada vecina, absolviendo al Ayuntamiento nazareno de "las pretensiones ejercitadas" al "no apreciar la responsabilidad patrimonial reclamada".

TE RECOMENDAMOS

ÚNETE A NUESTRO BOLETÍN