La Audiencia de Sevilla ha condenado a dos años y tres meses de prisión a tres personas acusadas de simular un accidente de tráfico para cobrar una indemnización del seguro.
Para ello, los condenados expidieron dos declaraciones amistosas de accidente, en la que uno de los conductores asumía su responsabilidad en un supuesto alcance trasero entre dos vehículos, según ha informado el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía.
En las declaraciones firmadas se hacía constar que, además de los daños, algunos de los ocupantes de ambos vehículos habían resultado con lesiones, tras lo cual interpusieron una demanda de reclamación de daños en un juzgado de primera instancia de Sevilla.
La sección primera de la Audiencia considera que lo ocurrido es un delito de falsedad como medio para cometer otro delito de estafa procesal.
Las penas impuestas a M.A.B.Q., V.M.C y J.M.F. han sido las de un año y seis meses de prisión y multa por el delito de falsedad, y la de seis meses de prisión y multa por el delito de estafa procesal.
En esta sentencia, los magistrados de la Audiencia manifiestan la dificultad que conlleva la prueba de un hecho negativo, por lo que se ha tenido que recurrir a la prueba de indicios.
En este sentido, destacan que a partir de unos hechos indiscutiblemente ciertos y a través de un razonable proceso deductivo, se llegan a estimar como probados otros hechos, no directamente conocidos, en los que se basa el veredicto de culpabilidad.
La sentencia señala la transcendencia y gravedad de las conductas enjuiciadas para el tráfico mercantil, porque, además del perjuicio causado a las entidades aseguradoras, puede provocar un incremento generalizado de las primas de los seguros al aumentar de forma injustificada el aseguramiento del riesgo.
También destacan los magistrados que estos hechos condenados perjudican a la Administración de Justicia al inducir a error en sus resoluciones.