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Viernes 15/11/2024
 
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El Supremo ruso ordena la libertad del activista opositor Dadin

Recomendaron a los legisladores adecuar la normativa a los criterios contenidos en el dictamen del Constitucional

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  • Putin -

El Tribunal Supremo de Rusia ordenó hoy la puesta en libertad inmediata del activista opositor Ildar Dadin, condenado a dos años y medio de prisión por acumular más de dos faltas administrativas durante mítines y manifestaciones en el lapso de 180 días.

La decisión del Supremo fue adoptada en virtud de un reciente dictamen del Tribunal Constitucional, que estableció que dicha normativa puede aplicarse sólo cuando las faltas administrativas supongan un "peligro para los ciudadanos o el orden público".

Los jueces del Constitucional subrayaron que los ciudadanos no pueden ser condenados a penas de prisión por trasgresiones formales reiteradas a las normas que regulan la celebración de mítines y manifestaciones y ordenaron la revisión de la condena impuesta a Dadin.

Asimismo, recomendaron a los legisladores adecuar la normativa a los criterios contenidos en el dictamen del Constitucional.

El fallo emitido hoy por el Supremo, que anuló la condena al opositor, entró en vigor de inmediato y es inapelable.

Sin embargo, Dadin recobrará la libertad sólo dentro de unos días, cuando la documentación llegue al penal de la región de Altái, a miles de kilómetros de Moscú, donde se encuentra recluido, indicaron a la agencia Interfax fuentes del sistema penitenciario

"Hay que respetar las decisiones de los tribunales, más aún las del Supremo", dijo el portavoz de Presidencia rusa, Dmitri Peskov, al ser preguntado por la reacción del Kremlin al fallo.

El Consejo de Derechos Humanos de la Presidencia se congratuló por el fallo del Supremo y recordó que en varias ocasiones pidió la revisión de la condena al activista opositor y su puesta en libertad.

Dadin era la primera y única persona condenada en virtud del artículo 212.1 del Código Penal de Rusia, que castiga con prisión la comisión de más dos faltas administrativas durante mítines y manifestaciones en un período de 180 días.

Según la organización de derechos humanos Memorial, el artículo 212.1, incluido en el Código Penal en 2014, es un "instrumento de persecución por motivos políticos".

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