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Miércoles 13/11/2024
 
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Málaga

Condena al Hospital Doctor Pascual por negligencia en una operación

La Audiencia Provincial de Málaga le obliga a indemnizar con 77.000 euros por negligencia en una operación de miopía

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  • CIRUGÍA LÁSER OCULAR -
  • La Audiencia Provincial de Málaga le obliga a indemnizar con 77.000 euros por negligencia en una operación de miopía
  • no haber realizado el tratamiento con la exactitud precisa y no respetar el tiempo de espera mínimo entre las intervenciones practicadas

La Audiencia Provincial de Málaga ha condenado al hospital Doctor Pascual a indemnizar con 77.000 euros por negligencia en una operación de miopía al no haber realizado el tratamiento con la exactitud precisa y no respetar el tiempo de espera mínimo entre las intervenciones practicadas.

La paciente acudió a dicha clínica el 24 de agosto de 2000 para una revisión y el oftalmólogo le aconsejó una intervención de cirugía refractiva llamada "Lásik" para dejar de usar definitivamente gafas y lentillas, ha informado hoy la asociación El Defensor del Paciente en un comunicado.

El 21 de septiembre de ese año, la mujer fue a la cirugía, que fue un "fracaso", porque en cada una de las revisiones postoperatorias refirió una pronunciada merma visual, que el facultativo achacó a "una pequeña hipocorrección que se solucionaría con un simple retoque con Lásik".

Tres meses después, en diciembre, se realizó la segunda operación por "Lásik" en ambos ojos, y en mayo de 2001 se llevó a cabo la tercera cirugía.

La evolución postoperatoria también fue mala, pese a que la paciente "siguió escrupulosamente todas las recomendaciones y acudió a innumerables revisiones oftalmológicas", añade el comunicado.

Al no haber mejoría, la mujer acudió al oftalmólogo de la Seguridad Social, que le informó de que padecía ectasia corneal en ambos ojos con sequedad ocular a causa de las tres intervenciones.

Inicialmente, el juzgado de Primera Instancia número 14 de Málaga desestimó la demanda de la paciente al considerar que quizás estos daños no habían sido ocasionados por las cirugías, por lo que la mujer presentó un recurso de apelación.

La sentencia dictada ahora, a la que ha tenido acceso Efe, señala que la ectasia corneal, la disminución de la visión y otras secuelas hacen presumir que se deben "a la falta de las medidas necesarias para la correcta realización de dichas intervenciones".

Las periciales señalan que no debió realizarse la intervención en ninguno de los dos ojos por presentar córneas de espesor por debajo de la media y ser insuficiente para la cantidad de dioptrías que se pretendía eliminar, pues la técnica utilizada se basa en modificar la curvatura corneal para modificar la graduación.

También señalan que es aconsejable esperar un mínimo de seis meses para que los ojos puedan ser reintervenidos con seguridad, y en el presente caso no se respetó este periodo de espera entre las intervenciones del 21 de septiembre de 2000 y el 28 de diciembre de ese mismo año, tras la cual ya apareció la sospecha de ectasia en el ojo derecho

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