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Viernes 15/11/2024
 

Cádiz

Condenado a 34 años de cárcel un director de comparsas infantiles

La Audiencia Provincial de Cádiz le ha condenado a 34 años y 10 meses de cárcel por haber abusado sexualmente de cuatro menores de edad

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  • La Audiencia Provincial de Cádiz -

La Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Cádiz ha condenado a 34 años y 10 meses de cárcel y al pago de una indemnización total de 150.000 euros a un hombre acusado de abusar sexualmente de cuatro menores de edad. Se trata de un autor y director de comparsas infantiles del Carnaval de Cádiz.

El tribunal ha dictado una sentencia de conformidad después de que el acusado reconociera los hechos y le ha condenado a 34 años y 10 meses de prisión por dos delitos continuados de abuso sexual con penetración, dos delitos continuados de abuso sexual sin penetración y dos delitos continuados de exhibicionismo.

La Audiencia establece 18 años como límite máximo de cumplimiento de las penas privativas de libertad conforme a la limitación de acumulación de penas que establece el artículo 76 del Código Penal.

Según recoge la sentencia, el acusado D.P.M. presidía una peña de Carnaval en la barrio de La Viña y  en la que ensayaban menores, “por lo que se acercaba a ellos, sirviéndose de tal afición, al tiempo que les hacía regalos y los llevaba comer, a comprar, a divertirse en la bolera de El Puerto, a las atracciones en Chiclana, e incluso a Eurodisney “, todo ello “con la finalidad de darse satisfacción sexual” tras “ganarse su confianza”.

A uno de los menores le compró una PlayStation al tiempo que actuaba con él como si fuese un padre-amigo. Luego lo llevó a su casa donde le hacía fotos desnudo, le instaba a masturbarle, etc. Con otro menor utilizó la misma técnica para ganarse su confianza. El acusado se había se llevado en varias ocasiones a los dos menores a su casa y entre otras aberraciones, se habría masturbado delante de ellos y le habría enseñado vídeos de otros menores “efectuando actos de carácter sexual”. Estas relaciones comenzaron en 2011.

Con uno de ellos dejó de tener relaciones en 2014 porque el chico quiso dejar la comparsa y el director de la agrupación se enfadó, y con el otro siguió manteniéndolas hasta los doce años.

Ya en 2014, el acusado conoció a otro menor, y tras ir a la bolera y a la piscina, lo llevó a la peña cuando no había nadie y lo convenció “para que se desnudara a fin de hacerle fotos” y también algunas prácticas sexuales. Le tocaba “como si de broma se tratase, por encima de la ropa… aparentando un trato normal y cariñoso… creando gran malestar en el menor”.  

En 2014 también se acercó a otro menor que frecuentaba la peña “y en más de cuatro ocasiones" hubo tocamientos, incluso entró en el cuarto de baño aprovechando que el menor estaba dentro para satisfacer sus instintos libidinosos.

Las fotos de estos encuentros fueron “subidas por el acusado a su ordenador y  a su móvil”. También le fue confiscada una videocámara y un disco duro. En esos aparatos electrónicos tenía vídeos de pornografía infantil descargados y compartidos….  El acusado intentó destruir estas pruebas.

En los videos hallados hay imágenes “de menores desnudos, felaciones de adultos a menores y viceversa, imágenes de penetración anal de adultos a menores, un menor desconocido desnudo sobre la cama con las manos atadas, menores desnudos tocándose dando la espalda a la cámara, menores masturbándose...”, entre otros vídeos de marcado carácter sexual, la mayoría de sexo explícito con o entre menores.

Tres de sus víctimas necesitan intervención psicológica especializada con carácter habitual para superar las secuelas derivadas de haber sufrido estos abusos.

La Fiscalía pedía una pena de 62 años y dos meses de prisión, que finalmente ha sido fijada en 34 años y diez meses de cárcel.

Además de la condena de prisión y de la indemnización, la sentencia le impone la prohibición de acercamiento a menos de 200 metros a dos de los menores, a sus domicilios y a cualquier lugar frecuentado por ellos, y de comunicarse con las víctimas durante 20 años y medio, y durante 20 años; mientras que en el caso de un tercer menor esta prohibición se extenderá durante 15 años y respecto a la cuarta de las víctimas la prohibición estará vigente durante un plazo de 10 años.

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