La relación entre Levantemos El Puerto y el PSOE no pasa por su mejor momento a tenor de las últimas declaraciones e intenciones de unos y otros. Levantemos El Puerto, actor principal para la aprobación del Presupuesto municipal, aprieta el acelerador y si días atrás pedía la dimisión del edil socialista y responsable de Bienestar Social Ángel González por el tratamiento de la casa ocupada e incendiada de la calle Larga, igualmente acusaba de "represalias" con las trabajadoras municipales que secundaron la huelga del 8 de marzo.
Ante esto y "tras las falsas acusaciones de Levantemos contra la teniente de alcalde delegada de Gobierno y Organización de haber cometido represalias contra la plantilla municipal que respaldó el paro del 8-M, María Eugenia Lara ha hecho público un comunicado oficial".
“Ante las falsas noticias de represalias hacia los empleados y empleadas municipales que ejercieron su derecho a la huelga el 8 de marzo pasado publicada por Levantemos, por parte de la Tte. de Alcalde Delegada de Gobierno y Organización se quiere poner de manifiesto el desarrollo de los hechos completos, así como negar rotundamente la existencia de cualquier tipo de represalia ni de dificultad al ejercicio de este derecho fundamental.
Ante la jornada del Día Internacional de la Mujer Trabajadora, el Ayuntamiento, después de solicitar información sobre la existencia de los preceptivos "preavisos" de huelga en Inspección de Trabajo de Zona, Administración Central y Autonómica y Sindicatos con representación en el Ayuntamiento, tan sólo recibió el preaviso de la huelga parcial de 2 horas convocada a nivel estatal por parte de CCOO, teniendo constancia que UGT lo hizo en los misto términos. El resto de Sindicatos con representación en el Ayuntamiento (STMA, UPLB-A Y CSIF) no secundaban la huelga por diferentes motivos.
Al no existir otro preaviso, los servicios mínimos y el comité de huelga quedaron establecidos para el periodo de la huelga parcial que fue la preavisada, mediante Decreto de la Tenencia de Alcaldía Delegada de Gobierno y Organización, a las 11.55 del 7 de marzo. Los funcionarios del Servicio de Personal estuvieron esperando hasta las 20:37 horas de este mismo día (ampliando su jornada laboral y existiendo constancia expresa de ello) a la espera de cualquier otra comunicación o incidencia que pudiese modificar el preaviso de huelga con el que contaban. Este preaviso de huelga de 24 horas nunca llegó, por lo que no se pudo confeccionar un nuevo decreto de servicios mínimos, obligatorio en una huelga para la prestación de servicios prioritarios para la Comunidad, así como para la designación del comité de huelga, máxime cuando se trata de servicios esenciales (cementerio, guardería municipal, mercados, etc).
El 8 de marzo hubo un distinto seguimiento de la huelga por parte del personal municipal, que optó por realizar el paro de 2 horas o durante la jornada completa, dándose cuenta al Servicio de Personal de los mismos.
En la confección de las nóminas de quienes secundaron la huelga de dos hora se ha descontado la parte proporcional de dicho paro, en concepto de “huelga”. En el caso de quienes ampliaron la misma a la jornada completa, se les ha descontado además de las dos horas de huelga, el resto de la parte proporcional de la jornada en concepto de AUSENCIA JUSTIFICADA, dado que si bien no había sido preavisada la huelga a este Ayuntamiento para la jornada completa, y en consecuencia el decreto de servicios mínimos no tuvo efecto sobre toda la jornada, no se considera en ningún caso que hubiese una falta de asistencia al trabajo injustificada, sino que, por el contrario, la ausencia estaría justificada, ya que la convocatoria de huelga total, de la que reiteramos el Ayuntamiento no conoció preaviso alguno pese a haberse solicitado como se ha dicho antes, estaría justificada ante la falta de unidad en la convocatoria de los entes convocantes.
Los efectos en el recibo de salarios (nómina) de cada empleado o empleada que secundó la huelga conforme al decreto emitido por la Tenencia de Alcaldía Delegad del Área de Gobierno y Organización, es que se ha descontado la parte proporcional de las dos horas de huelga realizada así como sus efectos en materia de cotización a la Seguridad Social, tal y como está legalmente establecido. Por parte del Servicio de Personal se indica que sólo se puede utilizar el concepto "Huelga" en la nómina para el descuento de las dos horas cubiertas por el preaviso del que se tenía conocimiento, sin que se pueda aplicar al resto de las horas de quienes las han realizado la jornada completa, razón por la cual se descuentan en concepto de "ausencia justificada al trabajo".
No ha sido hasta el 9 de abril cuando, extraoficialmente, y por conducto ajeno a los Sindicatos convocantes, se ha recibido copia un documento de preaviso de huelga de 24 horas, por lo que no pudo ser tenido en cuenta con anterioridad en la confección de las nóminas, en cuyo caso, sólo hubiera cambiado el nombre del concepto del descuento y sus efectos de Seguridad Social pero no la cantidad. Es a partir de ahora cuando podría entenderse que el concepto de huelga podría ampliarse a la jornada completa.
Así pues, si se considera que el haber aplicado el descuento como ausencia justificada es una represalia, cosa obviamente inexistente por lo anteriormente expuesto, no habría obstáculo alguno para que se inicien los trámites necesarios para modificar los conceptos en nómina y hacer constar que la ausencia al trabajo ha de venir dada como "huelga por jornada completa", con la consiguiente suspensión del contrato de trabajo durante todo el día 8 de marzo y los efectos que en materia de Seguridad Social que de ello se derivan.
No obstante, reiteramos que no ha habido ninguna represalia, puesto que no hay ningún tipo de sanción para nadie; los descuentos de la nómina se ajustan a las horas que cada una realizó de huelga, y no se ha impedido a nadie el ejercicio de sus derechos”.