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Viernes 15/11/2024
 
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Huelva

Aumentan casi un 7% las familias numerosas registradas en Huelva

Con carácter general se considera familia numerosa a la integrada por uno o dos ascendientes, con tres o más hijos, sean o no comunes

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  • Bebés. -

La Junta de Andalucía tiene registradas en la actualidad en la provincia de Huelva un total de 7.110 familias numerosas, 468 más en comparación con el primer trimestre del año pasado, lo que supone un aumento de casi un siete por ciento. La expedición de los nuevos títulos, así como su renovación, corresponde a la Delegación Territorial de Igualdad, Salud y Políticas Sociales.

Con carácter general se considera familia numerosa a la integrada por uno o dos ascendientes, con tres o más hijos, sean o no comunes. Asimismo, la normativa equipara a las familias numerosas con aquellas en las que concurran circunstancias específicas de discapacidad o incapacidad para trabajar, dependencia económica, orfandad o viudedad, según han informado a Europa Press desde la citada Delegación.

De las 7.110 unidades familiares que cuentan con esta catalogación a día de hoy en Huelva, 6.411 se encuadran en la categoría general, que engloba a las integradas por uno o dos ascendientes con tres hijos, y 699 en la categoría especial, en la que el número de hijos asciende a cuatro o más. En concreto, éstas han aumentado un 12 por ciento, con 84 familias más de estas características durante 2017.

Las familias numerosas tienen derecho a beneficios en distintas materias, tales como seguridad social, vivienda, régimen fiscal, educación, asistencia jurídica, transporte, y actividades de ocio y culturales. Al estar regulado por una normativa estatal, el título de familia numerosa acredita a las personas que lo ostentan a acceder a los beneficios recogidos en la ley en todo el territorio nacional, independientemente de la comunidad autónoma en la que residan.

La expedición del título de familia numerosa, así como su renovación, se solicitará por cualquiera de los ascendientes, persona tutora, acogedora o guardadora, u otro miembro de la unidad familiar con capacidad legal. La solicitud y los documentos que la acompañan se presentarán en la Delegación Territorial de Igualdad, Salud y Políticas Sociales o en el ayuntamiento correspondiente a la residencia habitual de la persona solicitante.

El título se renovará en los siguientes supuestos: cuando finalice la fecha que conste en el documento pudiendo presentarse hasta tres meses antes de su vencimiento; cuando varíe el número de miembros de la unidad familiar o las condiciones que dieron motivo a la expedición, o cuando cualquier hijo deje de reunir las características para figurar como miembro de la familia numerosa, aunque ello no suponga modificación de la categoría en que ésta esté clasificada o la pérdida de tal condición.

Si bien la normativa que garantiza la protección a las familias numerosas es estatal (Ley 40/2003, de 18 de noviembre), corresponde a la comunidad autónoma de Andalucía, a través de la Consejería de Igualdad y Políticas Sociales, su reconocimiento, así como la tramitación de las solicitudes de los títulos, expedición y renovación de los mismos.

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