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Sevilla

Ayuntamiento aprueba varios acuerdos laborales con sindicatos

Los empleados en situación de incapacidad temporal percibirán el 100% de sus retribuciones y los trabajadores del Alcázar verán incrementado el suelo un 1,75%

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  • Ayuntamiento de Sevilla. -

La Junta de Gobierno Local ha aprobado hoy formalmente el acuerdo alcanzado con las secciones sindicales del Ayuntamiento el pasado 24 de septiembre para la implantación en la administración local de un sistema que permita la aplicación de un complemento retributivo desde el primer día en el que se produzca una situación de incapacidad temporal que, sumado a la prestación del Régimen General de la Seguridad Social, alcance hasta un máximo del 100% de sus retribuciones fijas tal y como prevé la Ley de Presupuestos Generales del Estado.

 

El acuerdo suscrito con todos los sindicatos establece que aquellos trabajadores que se encuentren en situación de incapacidad temporal por contingencias comunes o profesionales percibirán durante esta situación el importe íntegro de las retribuciones fijas que tuvieran asignadas en la fecha de inicio de la incapacidad temporal. Así, la diferencia entre la prestación económica establecida en el régimen de la seguridad Social y las retribuciones señaladas se percibirá en concepto de mejora de la prestación. Esta medida se aplicará a todas las situaciones de incapacidad temporal que se registren a partir del 1 de noviembre de 2018.

 

El acuerdo además establece por unanimidad la elaboración de un plan de control del absentismo laboral que deberá ser objeto de difusión a través del portal de transparencia en el que además se deberán publicar todos los datos de absentismo clasificados por su causa con una periodicidad al menos semestral.

 

Junto a esta medida, la Junta de Gobierno Local ha aprobado también la aplicación a la plantilla del Alcázar de las subidas salariales que ya se han realizado al personal municipal de acuerdo con los criterios establecidos en la Ley de Presupuestos Generales del Estado. En primer lugar, con efectos desde el 1 de enero de 2018 se fija un incremento del 1,50%  y, con efectos desde el 1 de julio de 2018, se establece una subida adicional del 0,25%. Queda pendiente, al estar en tramitación, un incremento adicional más hasta alcanzar el 2,05% acordado con las secciones sindicales antes del verano.

La Junta de Gobierno Local ha aprobado hoy formalmente el acuerdo alcanzado con las secciones sindicales del Ayuntamiento el pasado 24 de septiembre para la implantación en la administración local de un sistema que permita la aplicación de un complemento retributivo desde el primer día en el que se produzca una situación de incapacidad temporal que, sumado a la prestación del Régimen General de la Seguridad Social, alcance hasta un máximo del 100% de sus retribuciones fijas tal y como prevé la Ley de Presupuestos Generales del Estado.

 

El acuerdo suscrito con todos los sindicatos establece que aquellos trabajadores que se encuentren en situación de incapacidad temporal por contingencias comunes o profesionales percibirán durante esta situación el importe íntegro de las retribuciones fijas que tuvieran asignadas en la fecha de inicio de la incapacidad temporal. Así, la diferencia entre la prestación económica establecida en el régimen de la seguridad Social y las retribuciones señaladas se percibirá en concepto de mejora de la prestación. Esta medida se aplicará a todas las situaciones de incapacidad temporal que se registren a partir del 1 de noviembre de 2018.

El acuerdo además establece por unanimidad la elaboración de un plan de control del absentismo laboral que deberá ser objeto de difusión a través del portal de transparencia en el que además se deberán publicar todos los datos de absentismo clasificados por su causa con una periodicidad al menos semestral.

Junto a esta medida, la Junta de Gobierno Local ha aprobado también la aplicación a la plantilla del Alcázar de las subidas salariales que ya se han realizado al personal municipal de acuerdo con los criterios establecidos en la Ley de Presupuestos Generales del Estado. En primer lugar, con efectos desde el 1 de enero de 2018 se fija un incremento del 1,50%  y, con efectos desde el 1 de julio de 2018, se establece una subida adicional del 0,25%. Queda pendiente, al estar en tramitación, un incremento adicional más hasta alcanzar el 2,05% acordado con las secciones sindicales antes del verano.

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