Antes de la puesta en escena del citado espectáculo, los niños Dario Mesa Quesada (C.E.I.P. Albaida), Germán Ardoy (C.E.I.P. Benyamina), Silvia García Pérez (C.E.I.P. Palma de Mallorca), Silvia Sánchez (C.E.I.P. El Pinillo), Juan Martín Alonso Martínez (C.E.I.P. La Paz), Carolina Pérez Collado y Eva Cano González (C.E.I.P. San Miguel), Imanol Moreno Rueda (Colegio Del Rincón), María Victoria Gómez García (Colegio Medalla Milagrosa) y Yuyan Xia (Colegio Miramar), en representación de todo el colectivo escolar, procedieron a leer el Decálogo que resume los derechos esenciales de los niños y niñas del mundo, ratificándose en este acto la renovación, por parte del Ayuntamiento de Torremolinos, del compromiso efectivo y permanente de reconocimiento y sensibilización con la protección de los derechos de los menores, cuya declaración fue aprobada por la Asamblea General de la ONU en 1959 y fue ratificada por el Estado español con la aprobación, el 30 de noviembre de 1990, de la Convención de los Derechos de la Infancia que recoge y amplía los diez principios recogidos en dicha Declaración.
Por su parte, el Ayuntamiento de Torremolinos se reafirmó en la defensa de dichos principios con la aprobación en 1996 de la ‘Carta Municipal de los Derechos de los Niños y las Niñas’.
A favor de la infancia
En 1956, la Asamblea General de Naciones Unidas recomendó que se instituyera en todos los países un Día Universal del Niño, que se consagraría a la fraternidad y a la comprensión entre los niños y las niñas del mundo entero y se destinaría a actividades propias para promover el bienestar de los niños del mundo.
El 20 de noviembre se conmemora la fecha en que la Asamblea General aprobó la Declaración sobre los Derechos del Niño en 1959 y la Convención sobre los Derechos del Niño en 1989. Por ello, el 20 de noviembre ha pasado a ser el Día Universal de los Niños y las Niñas.
Antes de la aprobación de la Convención sobre los Derechos del Niño, las normas de derechos humanos que se debían aplicar a todos los miembros del género humano habían sido plasmadas en varios instrumentos jurídicos, como por ejemplo los pactos, las convenciones y las declaraciones, igual que había ocurrido con las normas relativas a las cuestiones específicas que atañen a los niños. Pero fue sólo en 1989 cuando las normas sobre los niños se agruparon en un único instrumento jurídico, aprobado por la comunidad internacional, donde se describieron de forma inequívoca los derechos que corresponden a todos los niños y las niñas, independientemente de su lugar de nacimiento o de sus progenitores, de su género, religión u origen social. Este régimen de derechos estipulados en la Convención son los derechos de todos los niños y niñas de todo el mundo.
En numerosos países, las vidas de los niños están amenazadas por los conflictos armados, el trabajo infantil, la explotación sexual y otras violaciones a los derechos humanos. En otros lugares, por ejemplo, los niños que viven en las zonas rurales pueden tener menos oportunidades de obtener una educación de buena calidad o de acceder a los servicios de salud que los niños de las ciudades. La Convención afirma que tales disparidades -en el marco de las sociedades- son también una violación de los derechos humanos. Al exhortar a los gobiernos a que garanticen los derechos humanos de todos los niños, la Convención procura solventar este tipo de desigualdades.
Algunas personas asumen que los derechos de los niños nacidos en los países más ricos -donde hay escuelas, hospitales y sistemas de justicia juvenil- no se conculcan nunca, y que por tanto estos niños no tienen necesidad del tipo de protección y atención que se consigna en la Convención. Pero nada está más lejos de la verdad. En distintos grados, por lo menos algunos niños en todas las naciones deben confrontar el desempleo, la carencia de vivienda, la violencia, la pobreza y otras cuestiones que afectan ostensiblemente sus vidas.
Derechos para todos
Todos nacemos con derechos humanos, un principio que está del todo claro en la Convención sobre los Derechos del Niño. Los derechos humanos no son una dádiva que una persona rica ofrece a una persona pobre; tampoco son propiedad de unos pocos escogidos que se los otorgan a otros como un favor o un donativo. Corresponden por igual a todos y cada uno de nosotros. Los niños que habitan en los países en desarrollo tienen los mismos derechos que los niños de los países ricos. Y los derechos humanos se aplican a todos los grupos de edad; no comienzan de forma mágica durante el paso de la adolescencia a la edad adulta ni cuando el mandato de la Convención termina de aplicarse debido a que el niño ha cumplido 18 años.
La Convención concede la misma importancia a todos los derechos de los niños. No existe ningún derecho "pequeño" ni tampoco una jerarquía de derechos humanos. Todos los derechos enunciados en la Convención -tanto los derechos civiles y políticos, como los derechos económicos, sociales y culturales- son indivisibles y están relacionados entre sí, y su objetivo principal es la personalidad integral del niño.