La Sección Primera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha declarado la firmeza de la sentencia que anula la Resolución de 27 de marzo de 2014 que otorgó, por parte de la Junta de Andalucía, Autorización Ambiental Unificada (AAU) para el Proyecto de Explotación Riotinto (PRT). Según reza en el auto de notificación, al que ha tenido acceso Europa Press, el TSJA ha declarado firme la sentencia al considerar que esta autorización “no se ajusta a derecho”.
Se trata de una causa abierta a raíz de la demanda interpuesta por Ecologistas en Acción contra una resolución de la Junta de Andalucía que avalaba la autorización de la propia administración autonómica de reinicio de los trabajos y del plan de restauración en la concesión de explotación de sulfuros polimetálicos en Minas de Riotinto, promovida entonces por Emed Tartessus, actualmente Atalaya Riotinto Minera.
Esta firmeza se ha notificado a todas las partes después de recibir la devolución de los autos de la Sala Tercera del Tribunal Supremo (TS) que, mediante sentencia de 21 de marzo del presente 2019, inadmitió los recursos de casación interpuestos por la Junta de Andalucía y Atalaya Riotinto Minera. Por tanto, Ecologistas en Acción, según ha informado en un comunicado, ha exigido la paralización cautelar de la actividad de la mina “al carecer de autorización para funcionar porque la AAU está anulada y es una condición imprescindible para poder seguir con la explotación”. Para el grupo ecologista, “es responsabilidad de la Junta de Andalucía ejecutar la sentencia del TSJA ratificada por el TS” y, mientras tanto, ha considerado, “no es posible otra situación jurídica que la paralización de la actividad”.
Por su parte, la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible de la Junta de Andalucía abrirá en los próximos días un proceso de exposición pública para que la Autorización Ambiental Unificada (AAU), emitida por la administración andaluza para el reinicio de los trabajos y del plan de restauración en la concesión de explotación de sulfuros polimetálicos en Minas de Riotinto promovida entonces por Emed Tartessus -actualmente Atalaya Riotinto Minera-, se ajuste a derecho.
Según han informado a Europa Press desde la Junta,”en los próximos días se va a abrir un proceso de exposición pública para la subsanación de este problema”. En cuanto a la sentencia, los servicios jurídicos están estudiando el alcance del fallo pero “todo apunta a que no supondrá la paralización de la actividad de la mina”. En la misma línea, Atalaya Riotinto Minera cree que el fallo del TSJA “no pone en cuestión la normal continuidad de la actividad minera en el proyecto”.
Según han informado a Europa Press desde la compañía, “es la Administración de la Junta de Andalucía quien ha de solucionar la situación generada por los defectos administrativos en la tramitación de la citada autorización de la mina de Riotinto”. “Todo ello lo hace sin poner en cuestión la normal continuidad de la actividad minera en el proyecto”, según insisten desde la empresa Atalaya, para la que “se despejan así las dudas generadas en los accionistas, empleados y, en general, en el ámbito de influencia de la operación que hoy en día representa un importante flujo económico en la provincia” de Huelva.