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Viernes 15/11/2024
 

Chiclana

El TSJA declara nulo el plan general de Chiclana

Román: "Nosotros hemos cumplido en todo momento con las indicaciones de la Junta de Andalucía".

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El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha decidido estimar un recurso presentado contra el Plan General de Ordenación Urbana de Chiclana (Cádiz) y ha declarado “nulo de pleno derecho” este documento, que fue aprobado en 2016 para sustituir a otro también anulado por la justicia.

En una sentencia a la que ha tenido acceso EFE, la sección segunda de la sala de lo contencioso administrativo del alto tribunal andaluz atiende un recurso presentado por la entidad mercantil Cortijo de la Sierra S.L. contra el plan general de Chiclana que había aprobado el Ayuntamiento de Chiclana con el visto bueno de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio.

La empresa demandante había denunciado porque consideraba que el documento urbanístico había tenido una tramitación irregular al no contar en sus diferentes aprobaciones provisionales con todos los informes preceptivos que le correspondían a la Junta de Andalucía, como el de incidencia territorial, el de valoración ambiental, la declaración ambiental estratégica o el informe del servicio de planeamiento urbanístico.

La denuncia pedía la nulidad de la orden que había aprobado el plan general por considerar que su publicación había provocado “indefensión” al omitir elementos fundamentales.

Junta y Ayuntamiento de Chiclana reclamaron la desestimación de esta denuncia por considerar que el proceso de tramitación era correcto y que algunos documentos exigidos por la demandante no era necesarios por no plantear modificaciones sustanciales que supongan una alteración del modelo territorial.

Pero el tribunal andaluz considera que los cambios introducidos en este plan general sí afecta a cuestiones fundamentales como la clasificación del suelo, la configuración de sistemas generales, la sectorización del suelo urbanizable, la protección de suelo no urbanizable o la definición de las áreas de reparto y sus aprovechamientos.

“El plan debe ofrecer una visión general y comprensiva (…) algo que no se consigue si partes esenciales se incorporan sucesivamente, modificando lo inicialmente previsto, esto es, el modelo de ciudad”, sostiene la sentencia.

El tribunal recurre a sentencia del propio TSJA y del Supremo para determinar la alta relevancia de documentos como la evaluación ambiental estratégico, entre ellas, la que sirvió para impugnar en 2017 el plan general de Marbella.

“No se han cumplido los trámites que regula la ley 21/2013 sobre evaluación ambiental en su artículo 17”, concluye, ya que considera “evidente” que los trámites de solicitud de inicio, consultas previas y la determinación del alcance no fueron realizados con los contenidos exigidos por la normativa.

Es por este motivo que estima el recurso de la entidad demandante y declara “nula de pleno derecho” la orden de la Consejería que permitió autorizar el plan general de Chiclana.

La sentencia no es firme, ya que se puede recurrir ante la sala tercera del Tribunal Supremo en el plazo de 30 días desde su notificación.

Es la cuarta vez que el Plan General de Ordenación Urbana de Chiclana es anulado por la justicia y se suma a otras ciudades andaluzas como El Puerto, Marbella o Jaén que se quedan sin este imprescindible documento urbanístico por similares motivos.

José María Román

el alcalde de Chiclana ha valorado la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía respecto al Plan General de Ordenación Urbana y ha indicado que, “a pesar de que este Ayuntamiento ha actuado en todo momento cumpliendo con lo que la Junta de Andalucía nos dice, ya que no podemos hacerlo de otra manera, ahora el TSJA dice que aquello que la Junta nos dijo que hiciéramos está mal”.

“No sabemos quién tiene razón, pero lo que sí podemos decir es que la única manera de que un Ayuntamiento tenga aprobado un Plan General es, en primero lugar, haciendo caso en todo lo que la Junta de Andalucía diga. Por tanto, el Plan está conforme a las indicaciones que la Junta nos hizo”, ha expresado José María Román, quien ha añadido que “otra cosa es que después los tribunales digan que la Junta no lo hizo bien”. “Por tanto, debe aclararse la Junta de Andalucía con los tribunales de Justicia para saber cuál es el camino bueno, porque después los palos los recibimos los que estamos en este lado, la ciudad y los que tienen ganas de trabajar”, ha lamentado el regidor chiclanero, quien ha incidido en que “no es un tema puntual de municipios como Chiclana o El Puerto de Santa María, sino que son ciudades y ciudades cuyos procedimientos son cuestionados”.

Asimismo, el alcalde de Chiclana ha indicado que, “una vez hemos tenido conocimiento de la sentencia esta misma mañana, ya que ayer nos enteramos por la prensa de la noticia, vamos a leer detenidamente el fallo judicial y a hacer los análisis internos y con los grupos políticos, de cara a tomar las decisiones que se estimen oportunas”. “Mientras tanto, el Plan General está en vigor y vamos a seguir trabajando y empujando, pese a que también hay colectivos que trabajan en lo contrario, es decir, en impedir y poner piedras en el camino para que en Chiclana no se muevan las cosas”, ha aclarado.

 

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