El Comité de Alertas de Salud Pública ha decidido rebajar el nivel de alerta de los distritos Aljarafe, Norte y Sur y situarlos en el nivel más bajo, el 1, mientras que mantiene a los otros dos, es decir, a Sevilla capital y el Este en el nivel 2, manteniendo las mismas limitaciones de aforo y actividades públicas, además de no contemplar para ningún municipio el cierre perimetral y de actividad no esencial.
Así, a pesar del repunte de la incidencia generalizada en la provincia, los tres distritos sanitarios que se encuentra con una tasa de incidencia por debajo de los 150 casos por cada cien mil habitantes pasarán a nivel de alerta 1, en riesgo bajo. Así, los distritos Sur, con 120; Aljarafe, con 142,5; y Norte, con 142,8 tendrán a partir de este viernes menores restricciones en lo que se refiere a aforos y realización de actividades públicas.
Tanto el distrito de la capital, con 177,8 de tasa y subiendo, y el Este, a 166 y también al alza, se mantendrán otra semana más en el mismo nivel de alerta, el 2, con las restricciones de aforo ya conocidas.
Además, no habrá ningún municipio con cierre perimetral y actividad esencial, dado que los dos municipios de la provincia que superan los mil casos, como son Los Corrales (1.168) y Martín de la Jara (1.050) poseen menos de 5.000 habitantes.
Las limitaciones de aforo en los niveles 1 y 2
Los establecimientos de hostelería en municipios con nivel 1 de alerta no podrán superar el 75% del aforo máximo para consumo en el interior, mientras sí podrán ocupar la totalidad de las mesas permitidas en terrazas al aire libre, mientras que en el nivel 2 no pueden superar el 75% en interior del local en el nivel 2.
En cuanto a la ocupación de las mesas, se permite hasta un máximo de ocho personas en interior y de diez en exterior en nivel 1 y de seis en interior y ocho en exterior en el nivel 2.
Para salones de celebración se permiten en el nivel 1 aforos máximos en interior del 75% en mesas y, en todo caso, un máximo de 300 personas; al igual que en el nivel 2, pero con un máximo de 200.
En exteriores, las zonas al aire libre de los salones de celebraciones pueden ocupar en los niveles 1 y 2 todas sus mesas permitidas y albergar un máximo de 500 y 400.
Además, en los niveles 1 y 2 se permiten en los salones de celebración "actuaciones musicales de pequeño formato, manteniendo una distancia con el público de al menos tres metros", y en el nivel 1 también baile con mascarilla en espacios exteriores.
Por otro lado, la Junta permite una ocupación máxima del 100% en establecimientos, locales y centros comerciales en el nivel 1 de alerta sanitaria, que se reduce a máximos del 75% en nivel 2. Asimismo, la ocupación de zonas comunes de hoteles, alojamientos turísticos, campings y zonas de pernocta de autocaravanas no podrán superar el 100% y el 75% de su aforo en zonas comunes exteriores y el 75% y el 50% en zonas comunes interiores.
En piscinas de uso colectivo, la orden permite que llenen hasta el 100% de su aforo tanto en las que sean al aire libre como las interiores en el nivel de alerta 1, mientras que rebaja el aforo máximo permitido en piscinas interiores hasta el 75% en el nivel de alerta 2.
En lo respecta a velatorios y entierros, en el nivel de alerta sanitaria 1 se permite un máximo de 30 personas en velatorios en espacios al aire libre y de 20 en espacios cerrados, "salvo en este último caso que los convivientes fueran un número superior", mientras que la participación en funeral o comitiva para el enterramiento o cremación de la persona fallecida se restringe a un máximo de 50 personas, entre familiares y allegados, "además, en su caso, del ministro de culto o persona asimilada de la confesión respectiva, para la práctica de los ritos funerarios de despedida del difunto".
En cambio, en el nivel 2 los velatorios podrán reunir a un máximo de 25 personas al aire libre y de 15 en espacios cerrados, mientras que la participación en funerales o comitivas para un enterramiento o cremación se restringe a un máximo de 35 personas.
En ceremonias civiles, los aforos máximos permitidos oscilan entre el 75% en espacios cerrados y al aire libre en el nivel de alerta sanitaria 1 y al 60% que se contempla en el nivel 2.
Por su parte, los cines, teatros o auditorios no podrán superar un máximo del 85% del aforo permitido en el nivel 1 de alerta y del 75% en nivel 2.
Igualmente, tanto en los niveles 1 como 2, en el transporte público regular de viajeros en autobús, todos los ocupantes deben ir sentados y se pueden usar todos los asientos, mientras que en transportes públicos colectivos de viajeros de ámbito metropolitano se pueden ocupar todas las plazas sentadas y el 75% de pie.
Por otro lado, "las reuniones y encuentros religiosos podrán desarrollarse en todo tipo de instalaciones, públicas o privadas, ya sea en espacios al aire libre o espacios interiores, siempre que no se supere el 75% de su aforo y que permita mantener la distancia interpersonal, en el nivel de alerta 1", así como con aforos máximos del 60% el nivel 2.
Los aforos máximos permitidos en espectáculos y festejos taurinos no podrán superar el 60% en el nivel 1 y el 50% en el nivel 2.