El tiempo en: Ayamonte
Jueves 14/11/2024
 
Publicidad Ai
Publicidad Ai

Alcalá la Real

Anulada la adjudicación de gestión de la biblioteca

La resolución del Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales supone también la anulación del contrato de servicios culturales con Merlín del Sur

Publicidad Ai
Publicidad AiPublicidad Ai
Publicidad Ai
Publicidad Ai
Publicidad Ai Publicidad AiPublicidad AiPublicidad Ai
Publicidad Ai Publicidad Ai
Publicidad AiPublicidad Ai
  • Biblioteca Pública Municipal. -

El Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de la Junta de Andalucía ha estimado, con fecha 29 de julio, el recurso especial en materia de contratación interpuesto por Enrique Toro Muñiz (Diseñaluz) contra el Decreto 212/19 de la Alcaldía de Alcalá la Real, de fecha 7 de febrero de 2019, por el que se adjudicaba el contrato denominado “Servicio de apoyo a la gestión de la biblioteca municipal y soporte a las actividades culturales” (Expte. C-18/2742), promovido por el Ayuntamiento de Alcalá la Real.

En concreto, la resolución, que tiene fecha de 25 de julio, concluye, en relación con el proceso de adjudicación que “aún no encontrándonos en ausencia absoluta de motivación, ni el informe técnico de valoración de las proposiciones técnicas, ni el acuerdo de adjudicación se encuentran suficientemente motivados, habiéndose infringido lo dispuesto en el artículo 151 de la LCSP. Es por ello, que procede estimar el recurso interpuesto, por insuficiente motivación tanto del acuerdo de adjudicación, como del informe técnico en que este se apoya, y anular el referido acuerdo de adjudicación del contrato que nos ocupa”.

“Así las cosas, la estimación de este motivo hace innecesario analizar el resto de alegatos, toda vez que aquella conlleva la anulación del acto impugnado, debiendo determinarse qué consecuencias derivan de la citada anulación teniendo en cuenta que el contrato ya ha sido formalizado. En este sentido, debemos estar a lo dispuesto en el artículo 42.1 de la LCSP que establece: “La declaración de nulidad de los actos preparatorios del contrato o de la adjudicación, cuando sea firme, llevará en todo caso consigo la del mismo contrato, que entrará en fase de liquidación, debiendo restituirse las partes recíprocamente las cosas que hubiesen recibido en virtud del mismo y si esto no fuese posible se devolverá su valor. La parte que resulte culpable deberá indemnizar a la contraria de los daños y perjuicios que haya sufrido”, se establece en la resolución.


La resolución conlleva la anulación “no sólo del acuerdo de adjudicación sino también la de los dos contratos firmados -uno por cada lote- con la entidad Grupo Merlín del Sur SL. Así mismo, dicha resolución es definitiva en vía administrativa y contra la misma “solo cabrá la interposición de recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses”.

 

 

TE RECOMENDAMOS

ÚNETE A NUESTRO BOLETÍN