El Supremo desestima el recurso de casación de Rodríguez de Castro
La sentencia anterior le condenaba a devolver 522.325 euros
El Tribunal Supremo (TS) ha desestimado el recurso de casación interpuesto por Manuel Rodríguez de Castro --primer delegado del Estado del PP en la zona Franca de Cádiz-- contra la sentencia del Tribunal de Cuentas que le condenaba a devolver a la entidad 522.325 euros por alcance en fondos públicos, y al pago de los intereses legales.
El fallo recurrido se produjo a consecuencia de los recursos presentados tanto por Manuel Rodríguez de Castro como por la Abogacía del Estado a una sentencia anterior, que le condenaba a devolver 208.362 euros por gastos sin justificar durante su mandato.
Según expone en los fundamentos de derecho la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, Rodríguez de Castro presentó un recurso de casación contra la sentencia del 15 de octubre de 2007 por la que el Tribunal de cuentas, en grado de apelación, condenó al recurrente por alcance en fondos públicos en un importe de 522.325,91 euros producido por cinco conceptos diferenciados en relación a la gestión económico-financiera del Consorcio de la Zona Franca de Cádiz.
Concretamente, señala que el primer hecho que origina la responsabilidad contable se produjo en enero de 1997. Así, los hechos se habrían venido produciendo durante el resto de su mandato en el pago no justificado de suplidos en al contratación de profesionales independientes (100.885,39 euros), o en la indebida liquidación y pago en el finiquito del delegado Especial por importe de 4.307,07 euros.
También se cita la irregular justificación de gastos facturados por agencias de viajes al Consorcio en cuantía de 27.060,57 euros; pagos indebidos o no justificados efectuados con tarjetas de crédito domiciliadas en cuentas corrientes del Consorcio (318.536,41 euros) y gastos abonados directamente por el delegado y compensados posteriormente por el Consorcio de la Zona Franca mediante dos libramientos de pago por importe total de 72.479,91 euros.
El recurso de casación presentado por la representación procesal de Rodríguez de Castro se articulaba en varios motivos relacionados fundamentalmente con la notificación de la actividad fiscalizadora desarrollada por el Tribunal de Cuentas en el Consorcio de la Zona Franca o la interrupción de la prescripción de la responsabilidad por alcance, entre otros.
Tras refutar cada uno de los motivos de casación expuestos por el recurrente, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha acordado desestimar el recurso, al tiempo que ha señalado la procedencia de imponer a Rodríguez de Castro las costas causadas en este recurso de casación.
El fallo recurrido se produjo a consecuencia de los recursos presentados tanto por Manuel Rodríguez de Castro como por la Abogacía del Estado a una sentencia anterior, que le condenaba a devolver 208.362 euros por gastos sin justificar durante su mandato.
Según expone en los fundamentos de derecho la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, Rodríguez de Castro presentó un recurso de casación contra la sentencia del 15 de octubre de 2007 por la que el Tribunal de cuentas, en grado de apelación, condenó al recurrente por alcance en fondos públicos en un importe de 522.325,91 euros producido por cinco conceptos diferenciados en relación a la gestión económico-financiera del Consorcio de la Zona Franca de Cádiz.
Concretamente, señala que el primer hecho que origina la responsabilidad contable se produjo en enero de 1997. Así, los hechos se habrían venido produciendo durante el resto de su mandato en el pago no justificado de suplidos en al contratación de profesionales independientes (100.885,39 euros), o en la indebida liquidación y pago en el finiquito del delegado Especial por importe de 4.307,07 euros.
También se cita la irregular justificación de gastos facturados por agencias de viajes al Consorcio en cuantía de 27.060,57 euros; pagos indebidos o no justificados efectuados con tarjetas de crédito domiciliadas en cuentas corrientes del Consorcio (318.536,41 euros) y gastos abonados directamente por el delegado y compensados posteriormente por el Consorcio de la Zona Franca mediante dos libramientos de pago por importe total de 72.479,91 euros.
El recurso de casación presentado por la representación procesal de Rodríguez de Castro se articulaba en varios motivos relacionados fundamentalmente con la notificación de la actividad fiscalizadora desarrollada por el Tribunal de Cuentas en el Consorcio de la Zona Franca o la interrupción de la prescripción de la responsabilidad por alcance, entre otros.
Tras refutar cada uno de los motivos de casación expuestos por el recurrente, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha acordado desestimar el recurso, al tiempo que ha señalado la procedencia de imponer a Rodríguez de Castro las costas causadas en este recurso de casación.
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