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Andalucía

La Cámara Cuentas: Están sin justificar el 42% de ayudas de la Junta al autoempleo

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  • Banco de España. -

La Cámara de Cuentas de Andalucía ha constatado en un informe numerosas irregularidades en el control y gestión de las ayudas del plan de fomento al trabajo autónomo de la Junta entre 2007-2013, y ha alertado de que el 42 % de los pagos (138 millones) están sin justificar y con el plazo límite vencido.

El total de las ayudas concedidas a las políticas de autoempleo por la administración autonómica entre 2007 y 2013 se eleva a 356,7 millones y los pagos han ascendido a 330 millones, de los que se han reintegrado a la tesorería de la Junta 33 millones, un 10,1 %.

Según el informe de fiscalización, a septiembre de 2013 estaban pendientes de justificar y con el plazo límite vencido y, por tanto, abocados a iniciar el procedimiento de reintegro, 138,5 millones, lo que representa un 42 % del total de los pagos efectuados.

La Cámara de Cuentas insta a la Consejería de Economía a articular los procedimientos para gestionar con la mayor urgencia los importes en situación de riesgo de prescripción, así como la finalización de las ayudas en tramitación.

El informe advierte de que la ejecución del plan de fomento y consolidación del trabajo autónomo de Andalucía y las sucesivas órdenes de desarrollo han tenido "falta de coordinación, seguimiento y control, así como de continuidad en la gestión de las ayudas".

Según la Cámara, la amplia utilización de las exoneraciones (otorgar nuevas subvenciones a beneficiarios con deudas o sin justificar las anteriores) "han favorecido el incremento de los pagos materializados pendientes de justificar con plazo vencido".

Además, el informe sostiene que las resoluciones de exoneración "adolecen de la falta de motivación al utilizar términos generalistas y comunes para un conjunto de beneficiarios, sin concreción o explicación del las razones por las que dichas empresas o personas físicas cumplen con el requisito del especial interés social".

Por ello, y aunque las exoneraciones son un mecanismo legal, el órgano fiscalizador recomienda a la Junta que relacione en las mismas las entidades beneficiarias y los expedientes afectados y que en cada uno de ellos haga constar un informe o una validación del interés social del proyecto desarrollado.

Los expedientes en trámite de reintegro, que se encuentran pendientes de ingreso en la Junta, afectan a 3.842 expedientes de ayudas concedidas y ascienden a 20,2 millones de deuda principal y 795 millones de intereses de demora.

De estos, las resoluciones de reintegro por cantidades percibidas indebidamente se cifran en 922 y ascienden a 5,3 millones de deuda principal y 781 millones de intereses de demora, lo que representa el 24 % de los expedientes incursos en procedimientos de reintegro.

La Cámara ha censurado que, pese a la antigüedad de estos procedimientos de reintegro, algunos de ellos iniciados en 2009, la Consejería de Economía no los ha pasado a la de Hacienda para reclamarlo por la vía ejecutiva, por lo que hay un "elevado riesgo de caducidad".

En las cifras anteriores no se incluyen los incentivos gestionados por la Agencia IDEA, a la que la Consejería encomendó el desarrollo de algunos programas del plan de fomento del empleo autónomo.

Siete meses después IDEA encomendó a FAGIA la gestión material de los expedientes presentados, una "mala práctica" según la Cámara de Cuentas.

La Junta también hizo otra encomienda al Consejo Andaluz de Cámaras de Comercio de Andalucía de la gestión y el pago del denominado "ticket de autónomo" que financiaba el inicio de la actividad.

Sin embargo, el convenio firmado entre la Junta y el Consejo Andaluz de Cámara no se ha aportado a la Cámara de Cuentas para verificar su cumplimiento, si bien considera que al ser una entidad colaboradora no tenía que recibir ninguna compensación económica por la gestión y que ascendió a 4.219 euros.

Asimismo, el informe fiscalizador revela que el 23 % de las ayudas globales de este programa se concedieron mediante concurrencia competitiva y el 77 % por el régimen excepcional de concurrencia no competitiva.

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