Las comunidades autónomas de régimen común han recibido 187,1 millones de euros recaudados por el Estado en 2014 por el impuesto sobre los depósitos bancarios, con Madrid (66 millones), Cataluña (32) y Andalucía (18), a la cabeza por el número de oficinas que concentran.
Esa cantidad equivale al 50 por ciento de lo ingresado por el Estado, ha informado el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas. El resto queda pendiente de la liquidación definitiva del impuesto por parte de las entidades financieras.
Las cuantías abonadas al resto de comunidades son las siguientes: Aragón, 5,1 millones; Asturias, 4,5; Baleares, 3,3; Canarias, 3,8; Cantabria, 1,9; Castilla-La Mancha, 6,1; Castilla y León, 10,9; Extremadura, 2,7; Galicia, 11,7 millones de euros; Murcia, 3,7; La Rioja, 1,2; y la Comunidad Valenciana, 15,3 millones.
IMPUESTO POLÉMICO
El impuesto sobre los depósitos bancarios fue creado en 2013 por el Gobierno con la intención de dar un "tratamiento homogéneo" a un tributo que estaban implantando algunas comunidades. Con la regulación estatal, el impuesto desapareció en las autonomías.
El año pasado, el Ejecutivo elevó el tipo al 0,03 por ciento con efectos desde el 1 de enero de 2014, para lograr una recaudación con la que compensar los ingresos previstos por las autonomías. Para 2015, la estimación ronda los 316,7 millones de euros.
Según el Gobierno, la creación del nuevo impuesto estatal, que lo deben pagar las entidades financieras, pretende que los depósitos de los bancos reciban un tratamiento tributario homogéneo y el sistema financiero no pierda eficiencia. El objetivo es, por tanto, "potenciar y garantizar" la unidad de mercado, según el Ejecutivo.
El asunto ha provocado el intercambio de recursos entre las comunidades que habían regulado el impuesto y el Estado. La primera sentencia del Tribunal Constitucional llegó en 2012 y dio la razón a la Junta de Extremadura, pionera en crear este tributo para aumentar su recaudación.
El alto tribunal avaló la capacidad de la comunidad para regular el impuesto, entre otros argumentos, por entender que no supone una traba a la libre circulación de capitales.