Los trabajadores de Abengoa han denunciado el "mal uso" y la "mala intencionalidad" de los expedientes de regulación de empleo, tanto extintivos como temporales, y consideran que "la verdadera finalidad de esta estrategia es ahorrarse indemnizaciones y despedir al personal lo más barato posible", por lo que están estudiando la posibilidad de llevar este "mal uso" de los expedientes a los juzgados.
En una nota remitida a Europa Press, el comité de empresa asegura que no cuestiona la legalidad de esos expedientes, pero quiere denunciar si mal uso, de forma que entienden "la necesidad de Abengoa de recurrir a expedientes de regulación en la situación tan complicada que está viviendo", pero no aprueban y están en "total desacuerdo" en "el uso malicioso de los mismos".
En un comunicado sobre el proceso de reestructuración de plantilla, los trabajadores lamentan que "de ninguna manera la plantilla, representantes o sindicatos han podido acordar el proceso de ajuste de estructura, fundamentalmente porque el diseño y ejecución de ese plan se realiza a espaldas de estos agentes".
Así, apuntan que "una de las principales reivindicaciones y críticas en las diversas reuniones con administraciones públicas o denuncias en la Inspección de Trabajo, se deben a la falta de información proporcionada por la empresa sobre el proceso de reestructuración y su efecto sobre el empleo".
Así, explican que "insistentemente venimos solicitando a la nueva dirección de la empresa una reunión para tratar directamente este tema sin éxito; también lo hicimos con la anterior y terminó siendo renovada sin recibirnos".
Apuntan que la empresa "esgrime acuerdo en el proceso, amparándose en la firma con acuerdo de los sucesivos expedientes de regulación de empleo, ocultando que esto ocurre exclusivamente debido a una agresiva estrategia de coacción, presión y chantaje, principalmente sustentada en el riesgo de verse afectado por expedientes suspensivos de largo plazo sin salida (18 meses)".
Además, reiteradamente reclaman "el incumplimiento del artículo 64.1 y 64.5 del Estatuto de los trabajadores, que regula los derechos de información y consulta de los comités de empresa, e igualmente, no se respeta según el artículo 64.5 sobre el derecho de este comité de empresa a emitir informe, con carácter previo a la ejecución por parte del empresario de las decisiones adoptadas".
Lamentan que "tampoco se ha entregado, en cualquier caso, ningún tipo de información según lo regulado en el artículo 64.6 del Estatuto de los Trabajadores, en tiempo y forma para que pueda ser examinada y nos permita ejercer nuestro derecho de consulta y emisión de informe correspondiente".
Sobre el caso de Abengoa Solar Nuevas Tecnologías (ASNT), los trabajadores han explicado que la empresa abrió dos procesos de ERE y ERTE simultáneos en esta empresa del grupo.
Han añadido que las actividades de los centros "son muy diferentes", toda vez que "Palmas Altas y Solucar se dedican principalmente a desarrollo de negocio, operación y mantenimiento y administración, en Soland y los centros de Madrid, la actividad es principalmente de investigación, siendo su situación muy similar a Abengoa Research, y, de hecho, a estos últimos, desde hace dos años se les trata como personal 'funcional de Abengoa Research'".
Las fuentes han precisado que los centros de Palmas Altas y Solucar están principalmente afectados por un ERTE, mientras que los centro de Madrid y Soland lo están por un ERE. Agregan que "a pesar de haber insistido en seguir negociando, la empresa no ha comunicado en ningún momento a los representantes de ASNT Soland que esté dispuesta a ello".
PRESENCIA DE MIEMBROS DEL COMITÉ
Sobre la presencia de miembros del comité de empresa de alguna de las sociedades de Abengoa que hayan entrado en ERE de manera forzosa, las fuentes precisan que en Abengoa Research, "han entrado seis delegados de siete al ERE que acaba de concluir este martes 7 de marzo de 2017", mientras que en ASNT, "a todos los representantes de ASNT Soland se les incluye en ERE forzoso, de mínimos, sin voluntad por parte de la empresa de seguir negociando".
Por su parte, precisan que "cinco miembros del comité de empresa de Abeinsa EPC se vieron afectados por un expediente de suspensión de empleo el pasado mes de agosto, sin que mediara ningún tipo de acuerdo ni voluntariedad de por medio"
En ese sentido, han precisado que en Abeinsa EPC "con los antecedentes del primer expediente y, durante la negociación de su tercer y cuarto expediente, se acordó la cláusula de salvaguarda que fijaba un máximo de cinco miembros del comité afectados a la misma vez, para que no se afectara a más miembros del comité por la carga de trabajo que supone".
"Cuatro expedientes de regulación de empleo abiertos origina una considerable carga de trabajo para los representantes de los trabajadores, y éste fue el origen de dicha propuesta", han añadido las fluentes, quienes precisan que "finalmente, todos los miembros del comité y los suplentes fueron afectados (13+6), y de hecho, ahora mismo, la empresa incumple el acuerdo pues hay seis miembros del comité afectados simultáneamente".
Apuntan que esta actuación "infringe el artículo 66 del Estatuto de los trabajadores que fija 13 miembros del comité de empresa para empresas de más de 250 trabajadores, lo cual merma la capacidad de los representantes al tener que trabajar con la mitad del número de miembros que estipula la ley".
Lamentan que la empresa "no reconoció en el periodo electoral a los expatriados como personal de Palmas Altas bajando el número de 21 representantes a 13 en el comité de empresa". En este último ERE+ERTE incluyeron a todos los expatriados reconociendo su centro de trabajo Palmas Altas "por lo que tuvimos que representarlos".
Ha dejado claro que "el voto en favor del acuerdo en Abengoa Research se hizo en la segunda asamblea, pues la primera asamblea votó no al acuerdo, lo que los representantes de los trabajadores respetan pero ven como una votación coaccionada".