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Viernes 15/11/2024
 

Campo de Gibraltar

DCA exige cambios en la Ordenanza de las viviendas protegidas de Emroque

Presentarán un escrito al alcalde los próximos días. Critican que en la baremación solo se puntúa una vez por los aspectos que se valoran. Actualmente no hay ni una sola vivienda libre, mientras el número de demandantes es de 700.

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  • Juan Carlos Ruiz Boix -

La Asociación Defensa Ciudadana Activa tiene previsto presentar próximamente un escrito en el Ayuntamiento de San Roque para pedir al alcalde, Juan Carlos Ruiz Boix, que exija a la Empresa Municipal de la Vivienda, Emroque, que modifique algunos aspectos de la Ordenanza que regula el registro de demandantes de viviendas, tanto en régimen de alquiler como de compra.
Representantes del colectivo ya habían advertido, hace un año y medio, de sus sugerencias a la propia empresa municipal, pero de manera verbal y nunca obtuvieron respuesta. De ahí que ahora hayan optado por hacerlo por escrito y directamente con el alcalde, como máximo responsable del Ayuntamiento de San Roque.
Incluso pusieron en conocimiento de la oposición sus percepciones con el fin de que se llevara a pleno a finales del pasado año, pero tampoco hubo resultados, pues en ningún momento se llegó a llevar la propuesta a una sesión plenaria.
Consideran que vulnera la Ley 13/2.005, que en su artículo 3.3 dictamina:  "La selección de las personas a las que van destinadas las viviendas protegidas se realizará respetando los principios de igualdad, publicidad y concurrencia, de acuerdo con las normas de desarrollo de la presente Ley."

Modificiones sollicitadas
DCA considera que el artículo octavo, en lo relativo a las adjudicaciones por baremación, resulta contrario a la legislación vigente ya que solo permite puntuar un único concepto, “resultando claramente discriminatorio”, explican desde el colectivo vecinal.
A modo de ejemplo, según el criterio actual de la ordenanza, si presentaran solicitud miembros de una anterior unidad familiar, siendo el exmarido condenado por violencia de género menor de 35 años, y su pareja víctima de violencia de género, menor de 35 años y con cargas familiares (varios hijos menores), ambos tendrían la misma puntuación al ser tenido en cuenta un único concepto, no siendo puntuada en absoluto la concurrencia de los distintos factores de ésta última.
Es más, DCA asegura tener conocimiento de un caso similar al expuesto, en el que una mujer víctima de malos tratos, con sentencia firme, y dos hijas a su cargo, se inscribió en el registro de demandantes. Hace ya dos años que pidió, por escrito, la puntuación y baremación utilizada para su expediente, sin que hasta el momento haya recibido respuesta alguna.
Para la asociación Defensa Ciudadana Activa “queda claro que la actual redacción impide tener en cuenta la concurrencia de distintos factores, que expresamente se incluyen en la ordenanza como importantes para determinar la necesidad de vivienda de los ciudadanos, siendo contradictorio con el espíritu de la Ley y la propia Ordenanza”.
Por ello solicitan la modificación del artículo octavo, con la retirada de las cláusulas que citas "se puntuará por un único concepto" en todos aquellos apartados  que actualmente existen.
Por otro lado consideran “una contradicción” que el artículo 5.1.a de la Ordenanza establece como requisito para poder solicitar la vivienda el tener ingresos económicos limitados, con el siguiente artículo 5.1.b, que establece la necesidad de acreditar que se está en situación económica de llevar una vida independiente con el suficiente grado de autonomía, que a su vez también choca con el artículo 8 en el apartado de baremación que otorga la máxima puntuación a los demandantes con ingresos entre 0 y 0,7 veces el IPREM.
“Ante ello es lógico preguntarse cómo puede llegar a puntuarse a alguien que no percibe ingresos con la máxima puntuación si no cumple los requisitos para estar inscrito en el registro como acreditar una situación económica para llevar una vida independiente exigidos por el artículo 5.1.b, llegando a la única conclusión de que las adjudicaciones se realizarían de forma arbitraria sin tener en cuenta el citado artículo”, manifiestan.
Así, solicitan”la anulación del artículo 5.1.b eliminando el requisito de demostrar una independencia económica para poder inscribirse en el registro de demandantes de vivienda o su vinculación únicamente para la compra, de modo que no resulte contradictorio con el resto de articulado”.

Registro de demandantes
Según la información facilitada por el gerente de Emroque, Luis Crespo, “actualmente la empresa cuenta con 370 viviendas, todas ellas ocupadas, en su mayoría en régimen de alquiler”. En lo que respecta al registro de demandantes, “figuran inscritas entre 600 y 700 personas”, que lo tendrán difícil, por el momento, para poder optar a un inmueble. Y es que, aunque el Pleno aprobó de manera inicial en noviembre del año pasado el Plan Municipal de Vivienda y se aprobará definitivamente la próxima semana, no hay proyectos para un futuro cercano. Dicho plan, no obstante, plantea la construcción de 2.000 viviendas en los próximos 15 años en el término municipal.

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