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San Roque saca a concurso la explotación de varios kioskos de helados

El alcalde de San Roque, Juan Carlos Ruiz Boix, ha anunciado que se ha abierto el plazo de solicitudes para instalar un kiosko de helados durante el verano en varias zonas del municipio. Se trata de 21 puestos de helados y golosinas. El canon mínimo de licitación es de 507 euros.

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El alcalde de San Roque, Juan Carlos Ruiz Boix, ha anunciado que se ha abierto el plazo de solicitudes para instalar un kiosko de helados durante el verano en varias zonas del municipio. Se trata de 21 puestos de helados y golosinas.

Siguiendo el procedimiento previsto, se abre un plazo de quince días naturales a contar desde el día 22 de abril hasta el día 6 de mayo de 2014, ambos inclusive, para la presentación de solicitudes por quienes estén interesados en la ocupación, conforme al Pliego de Cláusulas para la concesión de uso privativo de vía pública para la instalación de quioscos de temporada para la venta de helados, golosinas y similares.

El objeto de la concesión es el uso privativo de la vía pública para la instalación de quioscos de temporada para la venta de helados, golosinas y similares, de acuerdo con condiciones que se establecen en este Pliego y en el Pliego de Prescripciones Técnicas.

El alcalde de San Roque, Juan Carlos Ruiz Boix, ha señalado que esta es una oportunidad para en la temporada estival un numero de familias logre un sustento, y paliar así las altas cifras de paro existentes en el municipio.

Los 21 quioscos se ubican 3 en Torreguadiaro; dos en San Enrique; dos en Guadiaro; dos en Pueblo Nuevo; dos en San Roque casco; uno en Pinar del Rey; uno en Taraguilla; uno en Miraflores; dos en Guadarranque (1 en el Polígono Industrial); tres en Puente Mayorga; y dos en Campamento. El Departamento de Urbanismo dispone de planos de situación de las distintas ubicaciones de los 21 puestos previstos en distintos puntos del municipio.

Según el pliego de condiciones, cada quiosco ocupará una superficie máxima de 4 metros cuadrados, y el diseño precisará de la conformidad del Ayuntamiento que examinará sus características, estilo, materiales, etcétera, de forma que reúna la debida dignidad y adecuación al lugar de su emplazamiento.

Las concesiones se otorgarán para temporadas de un sólo año, en el período comprendido entre el 1 de mayo y el 15 de octubre, ambos inclusive, pudiéndose prorrogar, en caso de mutuo acuerdo, por otra anualidad más únicamente.

Las instalaciones deberán desmontarse una vez finalizada cada temporada en el plazo máximo de 10 días y la permanencia en el uso privativo del dominio público transcurrido el plazo de la concesión, no conferirá derecho alguno al concesionario que ocupará el dominio público por mera tolerancia.

El canon mínimo que sirve de base a la licitación se fija en 507,20 euros, y en ningún caso el canon mínimo fijado en la adjudicación podrá ser reducido. El tipo de licitación podrá ser elevado al alza en la oferta económica que se presente por el proponente.

En el supuesto de prórroga por otra anualidad más, el canon será incrementado acumulativamente en función del Índice de Precios al Consumo natural inmediato anterior en la Comunidad Autónoma.

El concesionario vendrá obligado al pago del canon que resulte en el mismo acto en el que se desarrolle la adjudicación por el procedimiento de puja a la llana.

Como único criterio de adjudicación se tendrá en cuenta la oferta económica más ventajosa, empleándose el procedimiento de subasta, mediante el trámite de puja a la llana,

Las proposiciones para optar a la convocatoria se presentarán en el Registro General de Entrada de Documentos del Ilustre Ayuntamiento de San Roque, en horario de oficina, hasta el 6 de mayo. Podrán participar en el procedimiento las personas físicas y jurídicas que gocen de plena capacidad jurídica y de obrar.

Las proposiciones serán secretas y cada licitador podrá presentar más de una proposición para quioscos distintos.

Antes del inicio de la actividad, el licitador seleccionado declarará, ante el Departamento de Patrimonio y Contratación el cumplimiento de los requisitos impuestos por la normativa sanitaria y demás de aplicación, como la prohibición de fumar al ejercer la actividad; que todo el personal deberá estar en posesión del justificante de formación en manipular alimentos, en su caso; estar en posesión de la documentación acreditativa del origen de la mercancía; y tratándose de alimentación no envasada, protección del producto expuesto.

Además se exige el mantenimiento en todo momento de las condiciones higiénico- sanitarias adecuadas, tanto del puesto como del personal trabajador; que todo el material y artículos que estén en contacto con el producto alimentario deberán limpiarse perfectamente y con la frecuencia necesaria para evitar riesgos de contaminación; el Boletín de instalación eléctrica y el certificado de toldos ignífugos, en su caso.

 

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