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Sábado 23/11/2024
 

Chiclana

Otras 24 empresas se adhieren al último plazo del pago a proveedores

A partir de principios de junio, será el Ministerio de Hacienda quien procederá a ir ingresando en las cuentas de los proveedores el importe de las mismas.

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Un total de 24 empresas chiclaneras se han sumado al último plazo concedido por el Ministerio de Hacienda para poder acogerse al plan de pago a proveedores municipales, según los datos facilitados esta mañana por la edil de Hacienda municipal, Ascensión Hita. El importe de la deuda reclamada por estas últimas sociedades asciende a un total de 162.948,33 euros. Esta cifra sitúa en 40.465.323,02 euros la deuda aceptada por los proveedores municipales, correspondiente al Ayuntamiento, la Gerencia Municipal de Urbanismo, Chiclana Natural y Emsisa.

 

Ahora, previsiblemente a partir de principios de junio, será el Ministerio de Hacienda quien procederá a ir ingresando en las cuentas de los proveedores el importe de las mismas. Al no tener Chiclana un Plan de Ajuste, el Gobierno retraerá anualmente un porcentaje de los fondos procedentes de la Participación en los Ingresos del Estado (PIE).

 

A estos casi 40,5 millones de euros hay que  añadir otros 555.407,65 euros, “que han sido abonados por el Ayuntamiento mientras se tramitaba el plan de pagos del Gobierno central”, según ha recalcado la citada edil, quien ha destacado la “importante inyección de liquidez económica que van a recibir las empresas locales, mayoritariamente pymes y autónomos, lo que les va a permitir mantener su actividad y, consecuentemente, el empleo”.

 

Además, han sido rechazadas un total de 405 facturas por un importe global de 6.742.030,62 euros, “bien porque ya estaban incluidas, por ser facturas no conformes, por falta de registro de las mismas o bien por no reunir los requisitos incluidos en el Real Decreto”, según ha declarado la edil de Hacienda.

 

Con estos números, Ascensión Hita ha reiterado que “en esta relación no se incluye la correspondiente a la deuda de carácter financiero, ni las que no vienen contempladas en el Real Decreto, como son las relacionadas con la subvención al déficit de explotación del transporte público, los contratos privados (arrendamientos, artistas, etc.), las cuotas de comunidades de propietarios, de organismos supramunicipales, los seguros sociales, hacienda pública, IRPF, etcétera”.

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