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Córdoba

El TSJA confirma la absolución de un hombre por un delito de abuso sexual sobre una mujer

El Alto Tribunal regional ha desestimado el recurso de apelación interpuesto por la acusación particular contra la resolución de la Audiencia Provincial

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  • Sede TSJA en Granada. -

La Sección de Apelación Penal de la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha confirmado una sentencia de la Sección Tercera de la Audiencia de Córdoba que absuelve a un varón de la supuesta comisión de un delito de abuso sexual presuntamente cometido sobre una mujer en un municipio de la provincia cordobesa.

Al respecto, el Alto Tribunal regional ha desestimado el recurso de apelación interpuesto por la acusación particular contra la resolución de la Audiencia Provincial, que confirma en este caso, aunque cabe interponer recurso de casación ante la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo (TS).

Según recoge la sentencia del TSJA, se da por probado que en la tarde del día 17 de abril de 2019, una mujer, a través de Instagram, quedó con un amigo de nacionalidad italiana, al que conoció hacía unos años en un municipio de Almería para que viniese a una localidad cordobesa, acompañado si era posible de algún amigo, porque ella contaba también con otra amiga para la ocasión.

Sobre las 20,30 horas, una vez que ella finalizó su jornada laboral en un pub, del que es copropietario el acusado, quedó con su amiga. Sobre las 0,00 horas, el amigo italiano avisó por el móvil informando de que en poco tiempo él y su amigo llegarían al pub donde habían quedado y donde los cuatro jóvenes permanecieron tomando copas hasta las 5,00 horas. Posteriormente se desplazaron a otro pub, donde continuaron consumiendo alcohol, para dirigirse finalmente a una discoteca.

En este último lugar se unieron al grupo el procesado y su hermano. Sin embargo, en vista de que ya se hacía tarde y el amigo italiano se sentía cansado, de lo que informó a todos anunciando su idea de marcharse a casa, el hermano del acusado les propuso continuar la diversión en una casa de campo, donde supuestamente ocurrieron los hechos entre el procesado y su empleada. "No consta que los actos sexuales que mantuvieron el acusado y la mujer no fueran por ésta consentidos", según recoge la sentencia.

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