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Jueves 14/11/2024
 

Córdoba

Condenado a unos dos años de prisión por violencia física y psíquica habitual hacia su mujer

El hombre también ha sido condenado a un total de 60 días de trabajo en beneficio de la comunidad por la supuesta comisión de un delito de lesiones en el ámbito familiar

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La Audiencia Provincial de Córdoba ha condenado a un total de un año y nueve meses de prisión a un hombre, por la supuesta comisión de un delito de violencia física y psíquica habitual hacia su mujer durante diez años de relación, y a la que tendrá que indemnizar con 5.000 euros por las lesiones y daños morales.

   Según recoge la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press y dictada tras un acuerdo de conformidad entre las partes, el hombre también ha sido condenado a un total de 60 días de trabajo en beneficio de la comunidad por la supuesta comisión de un delito de lesiones en el ámbito familiar, al tiempo que el fallo impone la prohibición de acercarse a la mujer, a su domicilio y lugar de trabajo y comunicarse con ella durante cuatro años y nueve meses.

   En concreto, la resolución judicial considera probado que sobre las 5,00 horas del 3 de julio de 2010, el hombre regresó a su casa en la localidad cordobesa de Villafranca de Córdoba acompañado por su esposa, a la que le pidió mantener relaciones sexuales, pero ante su negativa, el varón "se encolerizó y con el propósito de quebrantar su integridad física la arrastró del pelo y la empujó hasta la cama agrediéndole reiteradamente en distintas partes del cuerpo".

   Como consecuencia de ello, la mujer sufrió múltiples contusiones, si bien, durante los diez años que ha durado la relación sentimental, el acusado, según señala la sentencia, ha tenido con su esposa "un continuo trato de menosprecio", insultándola "frecuentemente delante de amigos", e incluso "le ha dado patadas delante de ellos".

   También, "asiduamente", el procesado ha golpeado a la víctima "por todo el cuerpo, porque no realizaba sus tareas, según él entendía conveniente", o "por motivos de celos", dado que la mujer "no podía tener amigos varones, ni hablar con hombres", porque enseguida el acusado le decía que "se estaba acostando con otros", exigiéndole además mantener relaciones sexuales "muy frecuentes", a las que la afectada "cedía para evitar episodios violentos".

   Igualmente, la resolución considera que el hombre "controlaba las actividades de su esposa, instándole a saber qué hacía en cada momento, y no permitiéndole que se parara ni incluso con su madre; controlando también el gasto familiar porque, según él, el dinero era suyo porque era él el que trabajaba".

   Como consecuencia de toda esta convivencia, la mujer presenta cambios emocionales, cognitivos y de conducta que han necesitado terapia psicológica para aliviar los síntomas, apostilla la sentencia.

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