El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número dos de Posadas (Córdoba) ha acordado el "sobreseimiento provisional y el archivo" la causa que mantenía abierta, por supuestas irregularidades en las obras realizadas sin tramitación administrativa del parque de bomberos de La Carlota (Córdoba), contra los que fueran presidente y gerente del Consorcio Provincial de Prevención y Extinción de Incendios de la Diputación de Córdoba, Fernando Expósito y Antonio Navarrete, respectivamente, y contra el constructor Jorge Reifs.
A este respecto, el juzgado maleno, en un auto al que ha accedido Europa Press, establece que, "de lo actuado" se determina que "no aparece debidamente justificada la perpetración del delito que ha dado motivo a la formación de la causa, por lo que, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 641.1° de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, procede decretar el sobreseimiento provisional de las actuaciones".
Junto a ello, en los razonamientos jurídicos del auto se indica que el juzgado asume como propios los argumentos del fiscal, que, igualmente, había solicitado el sobreseimiento de la causa, que se abrió a raíz de la denuncia presentada ante la Fiscalía por el propio Consorcio de Bomberos de la Diputación.
Sin embargo, el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número dos de Posadas considera, al igual que el Ministerio Fiscal, que no se ha acreditado la perpetración de delito por parte de los investigados, sobre todo "a la vista de la sentencia del Tribunal de Cuentas que se une a las actuaciones, de fecha 13 de noviembre de 2015".
EL TRIBUNAL DE CUENTAS
Precisamente, el Tribunal de Cuentas desestimó ya el pasado noviembre íntegramente la demanda interpuesta por el Consorcio Provincial de Prevención y Extinción de Incendios contra Fernando Expósito, Antonio Navarrete y el que fuera interventor del Consorcio, Juan Francisco Gómez, por las supuestas irregularidades cometidas por éstos en las obras del parque de bomberos de La Carlota.
Entonces, la sentencia del Tribunal de Cuentas ya estableció que "no se dan los elementos necesarios para imputar responsabilidad contable" a Fernando Expósito, Juan Francisco Gómez y Antonio Navarrete, quienes autorizaron y firmaron las obligaciones y pagos a la constructora Cadecons SL.
Los tres fueron acusados de haber pagado con cargo al Consorcio de Bomberos unas obras que no constaban en el proyecto inicial de ejecución del parque de bomberos, que no habían sido acordadas por el órgano competente, que se habían realizado sin procedimiento de adjudicación y cuyo pago no correspondía al Consorcio, lo que habría producido, según denunciaba la parte demandante, un perjuicio a los fondos públicos que se cifraba en 188.835,53 euros.
Sin embargo, el Tribunal de Cuentas consideró que no se había producido "un menoscabo en los fondos públicos, al quedar acreditado que las mediciones y el precio asignado a las unidades de obra realizadas y que fueron pagadas por el Consorcio habían sido fijados conforme a los precios de mercado".
Además, el tribunal determinó que "los pagos efectuados respondieron a obras realizadas que, pese a no estar incluidas en el proyecto inicial, eran necesarias para la puesta en funcionamiento del parque de bomberos, por lo que generaron el derecho al contratista al cobro de las mismas".