El Tribunal Supremo (TS) ha confirmado la sentencia de la Sección Segunda de la Audiencia de Córdoba que condenó a sendas penas de tres años de cárcel a dos hermanos naturales de la provincia de Toledo, pero con residencia en el municipio cordobés de Dos Torres, por la supuesta comisión de un delito de lesiones contra un veterinario de la Oficina Comarcal Agraria (OCA) Los Pedroches de Pozoblanco.
Al respecto, el Alto Tribunal, según recoge la sentencia consultada por Europa Press y adelantada por el diario 'ABC', considera que no hay lugar a la admisión del recurso de casación formalizado por la parte recurrente contra la sentencia dictada por la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), que ratificó la de la Audiencia.
En este caso, en el que el Colegio de Veterinarios y la Junta han ejercido las acusaciones y que supuso protestas por el grado de inseguridad en el que se realizaba la actividad, el Supremo entiende que el recurso de casación no es el trámite para discutir el relato de hechos.
Los recurrentes entendían que no quedaba acreditado que ambos propinaran golpes, dado que, según decían, ningún testigo lo había declarado. La sentencia final reitera el criterio del TSJA de que se produjo un acto entre ambos acusados y que a ambos corresponde la pena equivalente.
Tampoco se ha aceptado, de nuevo, la atenuante de arrebato u obcecación. El Alto Tribunal explica que ésta se aplica cuando existe un estímulo que permita explicar pero no justificar la reacción delictiva que ha de ser siempre proporcional.
De este modo, se reiteran todas las medidas accesorias establecidas hasta el momento en forma de indemnizaciones y órdenes de alejamiento. Así, los dos procesados fueron también condenados por un delito leve de daños a la pena de tres meses de multa, con una cuota diaria de diez euros, en total 900 euros.
Además, se recogen penas de orden de alejamiento de 300 metros durante el tiempo de la condena, más un año adicional, al tiempo que deberán indemnizar de manera conjunta y solidariamente con 4.200 euros al veterinario agredido y uno de ellos a la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural con 206,72 euros por los daños causados en las instalaciones de la OCA.
LOS HECHOS
En concreto, según la resolución judicial de la Audiencia, "los acusados accedieron a la planta tercera" del edificio de la OCA, donde localizaron al funcionario público, "abordándolo de forma sorpresiva, por la espalda y propinándole un puñetazo en el oído interno".
A continuación, "ambos siguieron golpeándolo de forma violenta, dándole puñetazos y empujones hasta, primero arrinconarlo en una barandilla de la escalera de la tercera planta, para posteriormente seguirlo por las escaleras donde le propinaron una fuerte patada", según se da por probado.
A ello hay que unir "las continuas amenazas" proferidas por ambos y que se señalan en dicha sentencia en los siguientes términos: "Estás muerto, te vamos a matar".
En el juicio, no se llegó a acreditar que ambos hombres intentaran matar al funcionario tirándolo por la barandilla del tercer piso tras una reducción de la petición de pena de la Fiscalía. La curación de la víctima tardó dos meses completos en producirse.
Cabe señalar que el proceso se inició en agosto del 2016, cuando, ante la orden del cierre de una propiedad, los ahora condenados acudieron a la OCA y ocurrieron los citados hechos.