La defensa del expresidente del Banco Popular Ángel Ron ha presentado un escrito en las diligencias que se siguen en la Audiencia Nacional, sobre las causas de la resolución del banco en el que, tras analizar las mismas y sus resultados, concluye que tanto su Consejo, como su equipo directivo, dejaron un banco solvente, viable, con un patrimonio de cerca de 11.000 millones, con capacidad de generar beneficios antes de provisiones en torno a 1.150 millones de euros anuales y de materializar unas importantísimas plusvalías por ventas de negocios.
En este escrito, al que ha tenido acceso Servimedia, responde en parte al que presentó Emilio Saracho, que presidía la entidad en el momento de su quiebra, y señala que la causa de la resolución no fue un problema de solvencia del Banco, ni ninguna circunstancia que tuviera que ver con la imagen fiel de las cuentas de 2016, sino con acontecimientos posteriores externos que provocaron una fuga masiva de depósitos, y responsabiliza al despacho Uría y Menéndez de incitar a la entidad a declarar la inviabilidad.
Asegura que las autoridades y el informe de los peritos del Banco de España de abril de 2019 constatan que el Banco Popular se resolvió “por un problema idiosincrásico de liquidez, desarrollado durante el segundo trimestre del año 2017, bajo una ‘cobertura mediática negativa’".
Expone que de lo instruido hasta el momento resulta que, durante todo el tiempo en el que Ángel Ron ostentó el cargo de presidente del Banco Popular, la entidad cumplió siempre las ratios de capital y liquidez, no existiendo incumplimiento regulatorio de ningún tipo. Las cuentas anuales de 2015, últimas publicadas antes de la ampliación de capital, y las cuentas anuales de 2016, expresaron, afirma el escrito, la imagen fiel de la entidad.
En las alegaciones se hace un análisis del papel jugado por el despacho Uría y Menéndez, actual defensor del Banco Santander en las diligencias seguidas en al Audiencia Nacional, como asesor contratado por Saracho para gestionar el Popular durante su presidencia.
En relación con esto aporta documentos, unos que obran en autos y otros que asegura son inéditos, particularmente correos electrónicos que se habrían cruzado entre el despacho Uría y Menéndez y el exsecretario del Consejo del Popular Joaquín Hervada que, según la defensa, acreditarían que, aun cuando la resolución se produjo el día 7 de junio de 2017 por una crisis de liquidez, ya se venía preparando por el presidente Saracho y por estos asesores desde, al menos, antes del día 2 de junio, todo ello, sin conocimiento alguno por parte del Consejo.
Asimismo, destaca la existencia de una nota que indica que también fue preparada por el despacho Uría con Hervada, sobre la declaración de inviabilidad, fechada el dos de junio de 2017, en la que, bajo advertencia de incurrir en responsabilidades, se incitaría a los consejeros a declarar la inviabilidad del banco, pero sin advertir de forma clara que tal declaración determinaría la resolución del banco y la venta a tercero, como finalmente ocurrió, por un euro, según relata el escrito.
Señala específicamente el contenido de la nota elaborada por Uría, titulada ‘Nota sobre inviabilidad vs liquidez’ de 2 de junio de 2017, que estaría destinada a que Saracho o Hervada convenciesen al Consejo de la conveniencia de la declaración de inviabilidad, aseverando que “la comunicación de inviabilidad no conlleva que el banco deba ser puesto en resolución necesariamente y de inmediato". Concluye, por ello, que parece claro que los consejeros no eran conscientes de que la declaración de inviabilidad conduciría necesariamente y de forma inminente a la resolución.
En este sentido, la defensa de Ron sostiene que llama la atención que estando Saracho asesorado por Uría y Menéndez, ya en su visita al BCE el 16 de marzo de 2017, cuando llevaba menos de un mes en el cargo, anticipase que una de las alternativas que él barajaba para el Banco fuese, “en cambio y en contradicción con lo que manifestó al Consejo de junio, la resolución, resolución que acabó con una transferencia de 11.000 millones de euros -sin contar plusvalías latentes y activos fiscales diferidos- por un euro al Banco Santander”.
DILIGENCIAS DE INVESTIGACIÓN
Por todo ello, la defensa de Ron solicita al juez que practique una serie de diligencias de investigación, entre ellas recabar las actas de manifestaciones de aquellos consejeros “que según hemos podido saber las habrían otorgado, expresando su parecer sobre el Consejo de Administración de 6 de junio de 2017 en el mismo sentido que D. Jaime Ruiz Sacristán, esto es, manifestando haber acordado la inviabilidad de la entidad sin que previamente fueran advertidos de las consecuencias de sus actos”.
Este punto es trascendente, porque la defensa de Ángel Ron indica que, de acuerdo con lo expresado por Ruiz Sacristán en el acta de manifestaciones, cuya copia aportó al Juzgado de Instrucción número cuatro de la Audiencia Nacional, si se demostrase que la declaración de inviabilidad se adoptó por error, el proceso de resolución sería nulo de pleno derecho.
También pide que se identifique por parte del despacho Uría y Menéndez a los profesionales que formaron parte del equipo de trabajo que asesoró al Banco Popular en el periodo desde el 17 de febrero de 2017 hasta el 7 de junio del mismo año, sin perjuicio de aquellos que ya constan en la documentación aportada.
Asimismo, reclama que se aporten todas las comunicaciones internas habidas entre el despacho Uría Menéndez y gestores o directivos de Banco Popular durante el periodo de asesoramiento, y en particular las que tuvieron lugar desde el Consejo del 18 de mayo de 2017 y todas las que se mantuvieron para preparar el Consejo de Administración de 7 de junio de 2017, aportando a la causa cuantos documentos, en borrador o definitivos, se elaboraron por los asesores hasta la declaración de inviabilidad del Banco, y más la propuesta concreta de actuación, los documentos de trabajo y las comunicaciones, a que se refieren los correos electrónicos mencionados más arriba.
Finalmente, solicita que, una vez aportada la documentación interesada, e identificados los profesionales, se les cite a declarar como testigos para que sean interrogados sobre el alcance del asesoramiento e información suministrada a los consejeros que integraron el Consejo de Administración del 7 de junio de 2017.