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Viernes 15/11/2024
 
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España

Condenado a diez años de cárcel por matar a un amigo con el que celebraba su salida de prisión

Asestó cuatro puñaladas con una navaja de siete centímetros de hoja cuando ambos se encontraban en la Rambla Amatisteros de la capital

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La Audiencia Provincial de Almería ha condenado a diez años de cárcel a M.U.M., el hombre de 39 años al que un jurado popular declaró culpable de la muerte en noviembre de 2009 de un amigo con el que estaba celebrando su salida de prisión y al que asestó cuatro puñaladas con una navaja de siete centímetros de hoja cuando ambos se encontraban en la Rambla Amatisteros de la capital.

El tribunal impone al procesado la pena mínima prevista en el Código Penal para el delito de homicidio, tal y como pidió el letrado de la defensa, ya que considera que ha de "tenerse en cuenta" que acompañó a la víctima al centro de salud donde recibió la primera asistencia sanitaria, que acudió al hospital para "preocuparse" por su evolución hasta que murió y que, además, facilitó la labor policial al reconocer el crimen y entregar el arma homicida.

La sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, condena a M.U.M. a que abone a los dos hijos de corta edad del fallecido, de 36 años, y a los padres y hermanos indemnizaciones de 120.000 y 90.000 euros, respectivamente. El fiscal, en su informe final al que se adhirió la acusación particular, interesó tras hacerse público el veredicto de culpabilidad una pena de 14 años de prisión.

Los hechos se remontan a las 20,00 horas del 13 de noviembre de 2009 cuando el procesado y la víctima, J.R.G., se encontraban en la Rambla Amatisteros de la ciudad almeriense. Según explicó al jurado popular en el acto de juicio, habían estado bebiendo y tomando pastillas todo el día para celebrar la salida del centro penitenciario de El Acebuche de uno de ellos. En un momento, añadió, la víctima "le pinchó" y "sin saber como" él le agredió con la navaja aunque "sin intención de acabar con su vida".

El veredicto, sin embargo, no consideró probada esta versión ya que no hubo testigos que pudieran constatar que respondió en defensa a un ataque ni se pudo comprobar que estuviera afectado por el consumo de fármacos de tal manera que hubieran influido hasta derivar en una conducta "tan agresiva y brutal". Tampoco, subraya la sentencia, trascendió en la vista oral cuál fue el motivo del crimen.

El tribunal señala que concurren suficientes pruebas para inferir que M.U.M. actuó con la intención de matar "no de forma directa" pero sí aceptando como "posible" que el uso de una navaja de "considerables dimensiones" --16 centímetros abierta y con siete centímetros de hoja-- y las puñaladas dirigidas en, al menos dos ocasiones, a una zona del cuerpo que aloja órganos vitales. El acusado le contó lo sucedido a su novia y guardó el arma en su domicilio.

J.R.G. falleció en la madrugada del 17 de noviembre de 2009 tras permanecer ingresado más de cinco días en el complejo hospitalario de Torrecárdenas de la capital. Tal y como apunta el informe forense, la agresión le ocasionó dos heridas contuso-cortantes en el hemitórax izquierdo, otra en la región cervical posterior y una cuarta en el muslo izquierdo. Las dos primeras lesiones fueron "mortales de necesidad" y la muerte le sobrevino debido a un shock hipovolémico.

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