Sanidad publica en su web el listado de medicamentos excluidos de prestación

Publicado: 30/06/2012
A partir del próximo 1 de agosto tendrán que abonar en su totalidad los pacientes
El Ministerio de Sanidad ha publicado en su página web el listado de 426 medicamentos que han quedado excluidos de la financiación pública, entre los que figuran 'Almax'.' Voltaren', 'Fortasec' o 'Mucosan', y que a partir del próximo 1 de agosto tendrán que abonar en su totalidad los pacientes.

   El texto, firmado por la hasta este viernes directora general de Cartera Básica de Servicios del Sistema Nacional de Salud y Farmacia, María del Sagrario Pérez Castellanos --cuyo cese ha sido aprobado en la última reunión del Consejo de Ministros--, explica que, conforme con lo establecido en la ley de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios, la exclusión, en cada caso, viene motivada por diversos motivos.

   Estos serían el establecimiento de precios seleccionados, la convivencia con un medicamento sin receta con la que comparte principio activo y dosis, la consideración del medicamento como publicitario en nuestro entorno europeo, que el principio activo cuente con un perfil de seguridad y eficacia favorable y suficientemente documentado a través de años de experiencia y un uso extenso, por estar indicados en el tratamiento de síntomas menores y por cumplir cualquiera de los criterios de no inclusión en financiación pública recogido en el apartado 2 del artículo 89 de la Ley 29/2006 antes citada.

   En la resolución se recogen asimismo las excepciones a esta exclusión, explicitando los fármacos que permanecerán incluidos en la prestación farmacéutica del Sistema Nacional de Salud exclusivamente para determinadas patologías: enfermedad de Crohn, colon irritable y diverticulosis (subgrupo A06AC), encefalopatía portosistémica y paraplejica (A06AD),  pacientes oncológicos (A06AH), claudicación intermitente (C04AX), carcinoma basocelular superficial y condiloma acuminado (D06BB), pacientes neoplásicos con tos persistente (R05DA) y síndrome de Sjögren (S01XA).

Además, la resolución (http://www.msc.es/profesionales/farmacia/pdf/PROYECTORESOLUCIONEXCLUSIONMEDICAMENTOSPF.pdf) recuerda que puede ser recurrida en alzada ante la Secretaria General de Sanidad y Consumo del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad en el plazo de un mes.

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