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Jueves 14/11/2024
 
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España

El tribunal del 'caso Zapata' avala que se juzgue a un menor por mofarse en Twitter de dos víctimas del terrorismo

Los magistrados rechazan la alegación del recurrente de que el delito de menosprecio a las víctimas es un tipo de injurias sujeto al requisito previo de que el ofendido presente una denuncia

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La Sección Segunda de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, sobre la que ha recaído la decisión de reabrir la causa contra el concejal de Ahora Madrid Guillermo Zapata por sus tuits contra Irene Villa, ha respaldado la decisión del Juzgado Central de Menores de llevar a juicio a un menor acusado de "mofarse" de dos víctimas de ETA al considerar que constituye un delito de humillación a las víctimas del terrorismo y es perseguible de oficio por parte de la Fiscalía.

   En una sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, los magistrados Concepción Espejel y Angel Hurtado confirman la decisión del Juzgado Central de Menores del pasado 9 de enero de abrir trámite de audiencia, equivalente al juicio oral, contra un menor por la presunta comisión de un delito de enaltecimiento del terrorismo y humillación a las víctimas, tipificado en el artículo 578 del Código Penal.

   Los jueces descartan considerar atípicos los hechos por haber indicios suficientes de que el acusado utilizó sus redes sociales para publicar de manera prolongada en el tiempo un gran número de mensajes que a priori "revisten un claro tenor vejatorio, de mofa y ofensa grave a varias víctimas del terrorismo" y, además, enalteció a varios etarras condenados por delitos graves.

   De igual modo, los magistrados rechazan la alegación del recurrente de que el delito de menosprecio a las víctimas es un tipo de injurias sujeto al requisito previo de que el ofendido presente una denuncia.

EL HUMOR NEGRO, EN EL PLANO ÉTICO

   La sentencia cuenta con el voto particular del magistrado José Ricardo de Prada partidario de archivar este caso, al distinguir la conducta típica penal de otras "moralmente reprobables, inaceptables en el plano ético o moral, que trivializan, se mofan del dolor ajeno o hacen chistes con él" como las manifestaciones de "humor negro".

   En su opinión, una sociedad plural no puede imponer vía Código Penal un pensamiento social y político único porque ello supondría un "totalitarismo inaceptable". En este sentido, De Prada alude al caso de Irene Villa, quien públicamente ha tenido un "gesto cívico extraordinario" al afirmar que no se ha sentido ofendida por los chistes del concejal madrileño, Guillermo Zapata.

  "Le ha valido que fuera grave y públicamente injuriada por sectores que mas que la defensa de la integridad moral de las víctimas parecen estar mucho mas interesados en la instrumentalización política de la justicia, lo que constituye uno de los claros peligros de estos tipos delictivos fronterizos con los derechos civiles de los ciudadanos", advierte el magistrado.

   "Se trataba de tuits divulgados dentro de la 'comunidad' a la que pertenecía, que claramente se trata de una comunidad cerrada", concluye el juez sobre el caso del menor, para concluir que está en juego en este tipo de delitos los límites de lo permitido en el ejercicio del derecho a la libertad de expresión.

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