El titular del Juzgado de Instrucción número 1 de Ribeira (A Coruña) ha decretado el sobreseimiento provisional y el levantamiento del secreto de sumario en relación a la causa que se sigue por la desaparición de la joven madrileña Diana Quer, de la que se perdió la pista el 22 de agosto del año pasado en las fiestas de A Pobra do Caramiñal.
Según han informado desde el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG), el juez ha tomado esta decisión dado que, por el momento, "no existen indicios" para dirigir el caso "frente a alguna persona determinada" y con el objetivo de no dilatar los plazos de investigación.
Sin embargo, ha destacado que "existen indicios de la desaparición no voluntaria" de Diana Quer y ha aclarado que "es necesaria la continuación de la investigación" sobre el caso.
Los padres de Diana Quer han acudido este miércoles personalmente a los juzgados de Ribeira para reunirse con el magistrado, que les ha explicado los motivos de esta decisión, así como su intención de levantar el secreto de sumario que hasta ahora pesaba sobre las actuaciones.
A la entrada del edificio judicial, la madre de la joven desaparecida, Diana López-Pinel, se ha mostrado contraria al levantamiento del secreto de las actuaciones, dado que "no beneficia a nadie". A su salida, visiblemente afectada, no ha querido hacer declaraciones a los medios.
ACTUACIÓN "PENDIENTE DE RESOLVER"
En el auto, fechado este 19 de abril, el magistrado del Juzgado de Instrucción número 1 de Ribeira, Félix Isaac Alonso, interesa el "cese del secreto de las actuaciones" en relación a este caso, dado que "en el momento actual no existen indicios de criminalidad frente a persona alguna", y reconoce que la investigación "queda pendiente de resolver".
En este sentido, el juez admite que "existen indicios de la desaparición no voluntaria" de Diana Quer, así como de la posibilidad de que hayan "tenido lugar otros ilícitos graves frente a ella", pero asegura que "no existen motivos suficientes para acusar a determinada o determinadas personas como autores, cómplices o encubridores" de los hechos.
"En el momento actual no existen indicios para dirigir las actuaciones frente a persona alguna determinada, no existiendo indicios de criminalidad o habiéndose descartado sobre las personas policialmente sospechosas", recoge el auto, que no considera "pertinente", "adecuado" ni "oportuno" la toma de declaración en sede judicial de testigos que ya prestaron declaración ante la Policía, teniendo en cuenta, además, que "podría producirse una vulneración de derechos en caso de variar su condición y resultar finalmente investigados".
Félix Isaac Alonso apunta que "se encuentran abiertas varias líneas de investigación policial", sin que "en ninguna de ellas conste en el momento actual la existencia de indicios superiores a las meras sospechas frente a personas determinadas".
Del mismo modo, recuerda la "complejidad de la investigación policial", que incluye "el análisis y cotejo de gran cantidad de datos de tratamiento telefónico obtenidos con autorización judicial" y que hace "prever que la misma se extienda temporalmente". Con el objetivo de no incrementar "injustificadamente" los tiempos y plazos de la instrucción, acuerda el sobreseimiento provisional de las actuaciones.
Paralelamente, el juez ha acordado levantar el secreto de sumario sobre la causa, que estaba activo desde el mes de agosto del año pasado para preservar la investigación. En concreto, considera que, dada la situación actual del caso, la falta de una persona contra la que llevar la investigación, la incorporación de "grabaciones orales" y la espera de los resultados del cotejo y análisis de datos telefónicos, "el mantenimiento" de este secreto "resulta desproporcionado".