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Jueves 14/11/2024
 
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España

El Supremo no ve delito en las palabras de Rodríguez Uribes sobre los toros

Ha inadmitido a trámite la denuncia que presentó contra él la Agrupación de Profesionales Taurinos Luchadores

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  • José Manuel Rodríguez Uribes. -

El Tribunal Supremo no ve delito en las declaraciones del ministro de Cultura, José Manuel Rodríguez Uribes, en las que afirmaba que no debía fomentar ir a los toros pero sí al teatro por ser pacífico, de modo que ha inadmitido a trámite la denuncia que presentó contra él la Agrupación de Profesionales Taurinos Luchadores.

Las declaraciones de Rodríguez Uribes, efectuadas al diario El Mundo el pasado 19 de octubre, generaron indignación en el sector de la tauromaquia hasta el punto de que Victorino Martín, presidente de la Fundación del Toro de Lidia (FTL), en la que están representados todos los estamentos del sector para trabajar en su defensa, las tachó de "atropello legal y cultural".

Sus palabras llevaron a la Agrupación de Profesionales Taurinos Luchadores a presentar una querella contra el ministro ante el Tribunal Supremo que, sin embargo, ha sido inadmitida a trámite al no ver indicios de delito, con imposición de costas a la asociación.

Para que se incurra en los delitos de prevaricación y contra el patrimonio histórico tiene que producirse, dice el Supremo en su auto, una resolución injusta o una conducta causante de daños en el patrimonio.

Sin embargo, en la argumentación de la demanda no se identifica tal conducta y las declaraciones periodísticas de un representante político "que expresa su opinión sobre un hecho" no pueden considerarse como tal.

La asociación consideraba que las opiniones del ministro ilustran una conducta omisiva de los delitos mencionados pero, para el Supremo, la prevaricación omisiva se concretaría cuando una autoridad o funcionario se ve impelido al dictado de una resolución bien y "no toda omisión de la autoridad puede considerarse equivalente al dictado de una resolución".

"En todo caso, se trata de una noticia que se sustenta en unas declaraciones efectuadas a un medio de comunicación, que traslada una determinada opinión, aparece amparada en el ejercicio de la libertad", zanja el Supremo.

Según la denuncia, la frase, recogida en el titular de la noticia, era ilustrativa de una conducta que consideraban típica de los delitos imputados por omisión ya que entienden que el sector de la tauromaquia debería ser dotado de ayudas para afrontar la pandemia por la covid.

Añadían, "sin ningún apoyo probatorio", según el Supremo, que el sector no había recibido ninguna ayuda, como sí lo habían hecho otros sectores de la cultura como el cine o el teatro, lo que suponía una discriminación injustificada. 

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