El tiempo en: Ayamonte

Granada

Repiten desde el martes el juicio por asesinato de jurado que no apreció brote psicótico

Después de que el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) anulara el veredicto de culpabilidad de un jurado popular que no apreció un brote psicótico

Publicidad AiPublicidad Ai
Publicidad Ai
Publicidad Ai
Publicidad Ai
  • Sección Primera de la Audiencia de Granada. -

La Audiencia de Granada celebrará desde este martes un nuevo juicio contra el acusado de asesinar a golpes y puñaladas a una joven en Granada después de que el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) anulara el veredicto de culpabilidad de un jurado popular que no apreció un brote psicótico en el autor.

Este segundo juicio, para el que se han reservado cuatro sesiones, se celebrará con un nuevo jurado popular y un nuevo magistrado presidente después de que la Sala de lo Civil y Penal del alto tribunal anulase la condena a 25 años impuesta al procesado y ordenase la "gravosa consecuencia" de tener que celebrar uno nuevo.

Los hechos se remontan al 5 de febrero de 2021 cuando el procesado se personó en la sede de la empresa familiar, ubicada en el Polígono Juncaril de Albolote (Granada), armado con un cuchillo que había cogido de casa.

Las cámaras de seguridad han certificado que lanzó un trozo de bordillo a la cabeza de la víctima, una joven de 29 años a la que dio puñetazos en la cabeza, arrastró por el cuello y asestó dos puñaladas en la espalda.

El acusado también cogió una maceta y se la lanzó a la cabeza para golpearla después con un sillón giratorio de la oficina, volvió a apuñalarla y le siguió golpeando, además de rociarle el rostro y el cuerpo con los polvos químicos de un extintor.

Aunque un compañero encontró aún con vida a la víctima, que identificó a su agresor, murió en un hospital esa misma tarde.

El primer juicio se celebró en septiembre de 2022 con un jurado popular que emitió un veredicto de culpabilidad en el que no apreciaba que el procesado actuara afectado por un brote psicótico.

Ese veredicto fue la base de la sentencia, que condenó al procesado a 27 años de cárcel por el asesinato y por robar a su víctima, un fallo que recurrió ante el TSJA el abogado de la defensa, Pablo Luna.

Este letrado defendió, como hizo también la Fiscalía en parte del proceso, que el acusado es un enfermo mental que recibe tratamiento en el centro pisquiátrico penitenciario de Sevilla, y se apoyó en el dictamen de expertos que negaron que pudiera estar simulando su esquizofrenia.

Durante su declaración, el procesado dijo que el día de los hechos había visto en ella al demonio y que se sentía perseguido.

La defensa del acusado presentó un recurso contra la sentencia en el que defendió la "insuficiente" motivación del veredicto aportado por el jurado popular.

El TSJA reconoció entonces que no fue "fácil" valorar las conclusiones sobre el estado mental del procesado porque las versiones ofrecidas eran en ocasiones opuestas.

Ante las dudas sobre la simulación de los síntomas frente al informe pericial que diagnosticó la enfermedad, el TSJA dictaminó anular el veredicto y volver a empezar para aclarar si sufre o simuló un trastorno psicótico, lo que afecta a su capacidad y facultades en el momento del asesinato. 

TE RECOMENDAMOS

ÚNETE A NUESTRO BOLETÍN