La Guardia Civil ha investigado a un hombre de 70 años como presunto autor de un delito de incendio ocurrido el pasado 17 de marzo en el término municipal de Los Guájares (Granada), donde estaba quemando restos de poda y el fuego se descontroló, ardiendo 0,3 hectáreas de monte bajo y cañaveral junto a la carretera que une las localidades de Guájar Faragüit y Guájar Alto.
Cuando la patrulla de la Guardia Civil de Vélez de Benaudalla llegó al lugar del incendio descubrió al propietario de la finca intentando apagar el fuego con una manguera y comprobó que lo había provocado una hoguera en la que ardían restos de poda. Los agentes comprobaron además que este individuo carecía de autorización administrativa para la realización de la quema.
La Guardia Civil ha investigado al presunto autor del incendio por imprudencia grave al incumplir las condiciones de la quema, establecidas en el Decreto 247/2001, de 13 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Prevención y Lucha contra los Incendios Forestales.
El 95 por ciento de los incendios forestales son provocados por seres humanos, en su mayoría por negligencia. Por ello la Guardia Civil recomienda extremar las precauciones si se va a hacer una quema de restos agrícolas, o abortarla ante la más mínima duda, por ejemplo en un día de viento.
Como en años anteriores, desde el día 1 de junio y hasta el 15 de octubre se prohibirá totalmente el uso del fuego (hogueras, barbacoas, quemas agrícolas y forestales) y la circulación de vehículos a motor en las zonas forestales de la Comunidad Autónoma de Andalucía por el alto riesgo de incendio.
La finalidad de esta prohibición es evitar que cualquier negligencia pueda provocar un incendio forestal durante estos meses en los que, por sus características meteorológicas, el peligro y la propagación de los incendios aumenta considerablemente.
La prohibición afectará a la quema de vegetación natural y residuos agrícolas y forestales, así como al uso del fuego para la preparación de alimentos, que tampoco podrá realizarse en zonas de acampada o zonas recreativas aunque estén acondicionadas para ello.
Igualmente, también quedará prohibida la circulación de vehículos a motor en todos los terrenos forestales y zonas de influencia forestal, que son los terrenos no forestales (agrícolas y urbanos) situados a menos de 400 metros de los forestales.