Sentencia de conformidad para el agente de Huelva tras ordenar el Supremo que se repitiera el juicio
La condena impuesta B.P.R., el oficial de la Policía Local de Huelva acusado de defraudar más de 2.900 euros al Ayuntamiento en vales de repostaje de combustible con cargo a coches del cuerpo policial, ha bajado de cuatro años y siete meses a 10 meses y 15 días tras repetirse el juicio por orden del Supremo.
El oficial fue condenado en diciembre de 2016 por la Audiencia de Huelva a 4 años y 7 meses de prisión por un delito continuado de malversación en concurso medial con un delito continuado de falsedad en documento público, pena que posteriormente fue ratificada por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA).
El condenado recurrió en casación al Supremo, el cual declaró en junio de 2018 la nulidad del enjuiciamiento y la repetición del juicio con otro tribunal por considerar que se había vulnerado el derecho a un proceso con todas las garantías por "la falta de la debida parcialidad del Magistrado Presidente, con incidencia en el resultado del veredicto del jurado y la posterior sentencia".
Antes del nuevo juicio, celebrado recientemente, las partes llegaron a una sentencia de conformidad tras reconocer el acusado los hechos que ahora aparecían en los escritos de calificación.
De esta forma, la sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, declara probado que B.P.R. al menos desde el mes de enero de 2011 al menos y hasta el mes de junio de 2012 confeccionó vales de combustible del Ayuntamiento de Huelva en los que hacía constar el repostaje de vehículos correspondientes a la policía local por una cantidad de litros superior al que realmente se repostaba, o que se correspondían con repostajes efectuados por vehículos particulares ajenos a la Policía Local.
En una gasolinera con la que el Ayuntamiento tenía convenio de repostaje de la flota de vehículos de la policía local, el acusado obtenía de los empleados, tras repostar combustible y entregar los correspondientes vales, la vuelta en metálico con entrega del equivalente en dinero de la cantidad restante de la real suministrada en el vehículo a partir de lo que figuraba en los vales entregados, o bien le entregaban vales de lavado o artículos de la tienda que el acusado incorporaba a su patrimonio.
El acusado en alguna ocasión llegó a simular la firma de los funcionarios que debían autorizar las operaciones; el perjuicio sufrido por el Ayuntamiento fue valorado en 2.901,66 euros que el acusado consignó en la cuenta del juzgado.
Concretamente, la nueva sentencia le impone frente a los cuatro años y siete meses iniciales, un mes y 15 días de cárcel por un delito continuado de malversación de caudales públicos, que se sustituye por una multa de 810 euros, a los que hay que sumar una segunda multa de 144 euros y la suspensión del cargo de policía local por un mes; y nueve meses de cárcel, multa de 270 euros e inhabilitación para su cargo por seis meses por un delito continuado de falsedad en documento oficial cometida por funcionario público.